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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de agosto de 2011 448897 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Aceptan renuncia y encargan funciones y responsabilidades de Director General de la unidad orgánica Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales del JNE RESOLUCIÓN Nº 072-2011-P/JNE Lima, 25 de julio de 2011 Vista la carta presentada por la doctora María del Pilar Valderrama Dortrait, mediante la cual renuncia irrevocablemente al cargo de Directora General de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Jurado Nacional de Elecciones. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 015-2009-P/JNE, de fecha 03 de febrero de 2009, modifi cada por Resolución N° 019-2009-P/JNE, de fecha 06 de febrero de 2009, se designó a la doctora María del Pilar Valderrama Dortrait, como funcionaria de confi anza, en el cargo de Directora de Cooperación y Relaciones Internacionales perteneciente a la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones. Que, mediante Resolución N° 100-2010-P/JNE, de fecha 14 de julio de 2010, se designó a la doctora María del Pilar Valderrama Dortrait, como funcionaria de confianza, en el cargo de Directora General de la unidad orgánica Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Jurado Nacional de Elecciones, del nivel remunerativo II, bajo el régimen laboral de la actividad privada. Que, mediante Resolución N° 043-2011-P/JNE, de fecha 11 de abril de 2011, se actualizó el Cuadro para Asignación de Personal del Jurado Nacional de Elecciones, documento en el cual está considerado como cargo de confi anza el Director General de la unidad orgánica Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales. Que, con el documento del visto, la citada funcionaria ha presentado su renuncia irrevocable al cargo que en su oportunidad le fue otorgado en calidad de confi anza. Que, el inciso b) del artículo 16º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR, señala que la renuncia o retiro voluntario del trabajador es causal de extinción del contrato de trabajo; asimismo, el artículo 18º del mismo cuerpo legal, señala que en caso de renuncia o retiro voluntario, el trabajador debe dar aviso escrito con 30 días de anticipación. El empleador puede exonerar este plazo por propia iniciativa o a pedido del trabajador; en este último caso, la solicitud se entenderá aceptada si no es rechazada por escrito dentro del tercer día. Que, de conformidad con los incisos 7) y 9) del artículo 16° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución N° 601-2010-JNE, de fecha 19 de julio de 2010, son funciones del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, entre otras, determinar los cargos de confi anza y la cobertura de plazas de plazas de la institución, así como contratar, suspender, rotar o cesar a los servidores del Jurado Nacional de Elecciones, con excepción del Secretario General. Que, asimismo, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, es necesario designar al encargado de las funciones y responsabilidades de dicha unidad orgánica. De conformidad con lo previsto en la Ley 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución N° 601-2010-JNE; y, en uso de las facultades de que está investida esta Presidencia. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora María del Pilar Valderrama Dortrait, al cargo de Directora General de la unidad orgánica Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Jurado Nacional de Elecciones, sujeto al Régimen Laboral de la Actividad Privada, con efectividad a partir del 01 de agosto de 2011, exonerándosele del plazo de 30 días de anticipación para que presente su renuncia, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar al Eco. Fernando Genaro Ameghino Cabrejos las funciones y responsabilidades de Director General de la unidad orgánica Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Jurado Nacional de Elecciones, con retención de su cargo, a partir del 01 de agosto de 2011. Artículo Tercero.- Transcribir la Resolución a los interesados, a las unidades orgánicas correspondientes y a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Regístrese y comuníquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 681385-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban diseños de cédulas de sufragio para las Elecciones Municipales y las Elecciones Municipales Complementarias 2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 154 -2011-J/ONPE Lima, 22 de agosto de 2011 VISTOS; El Informe Nº 025-2011-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral y el Informe Nº 206-2011- OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2011- PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el día 19 de marzo de 2011, el Presidente de la República convoca a las Elecciones Municipales para el día domingo 20 de noviembre de 2011, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores, de los concejos de los distritos de Cosme de la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica; de Yacus de la provincia de Huánuco, del departamento de Huánuco; de Constitución de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco y Samugari de la provincia de La Mar, del departamento de Ayacucho, que por su reciente creación no participaron en la Elecciones Municipales del año 2010; Que, así mismo mediante Decreto Supremo Nº 072-2011-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el día 04 de agosto de 2011, el Presidente de la República convocó a las Elecciones Municipales Complementarias para el día domingo 20 de noviembre de 2011, con la finalidad de elegir al alcalde y regidores, del concejo distrital de Huacachi de la provincia de Huari, del departamento de Ancash, al haber declarado el Jurado Nacional de Elecciones la nulidad de los comicios realizados en dicha localidad el día 03 de julio de 2011;