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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (24/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de agosto de 2011 448915 4 INSPECTOR AUXILIAR III 5 INSPECTOR AUXILIAR III 6 INSPECTOR AUXILIAR III 7 INSPECTOR AUXILIAR III 8 CONSULTOR IV 9 INSPECTOR AUXILIAR III 10 INSPECTOR AUXILIAR III 11 INSPECTOR AUXILIAR III 12 INSPECTOR AUXILIAR III 13 INSPECTOR AUXILIAR III 14 INSPECTOR AUXILIAR III 15 INSPECTOR AUXILIAR III 16 DEFENSOR LABORAL IV 17 CONCILIADOR IV PLAZAS VACANTES DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 276. 1 TÉCNICO EN ABOGACÍA II STA 2 ASISTENTE ADMINISTRATIVO II SPD PERSONAL SUJETO A CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS 1 CHIRITO PENDOLA JUAN JOSE 2 GARCIA VILLANUEVA MEDALI NINA 3 MIGUEL ARENAS KATHERINE FIDELINA 4 ISLA ROJAS ALEJANDRO CARLOS 5 MORALES LLUEN ISMAEL DAVID Artículo Segundo.- SEÑALESE un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, a efectos de que el Gobierno Regional de Lima, proceda a efectuar las acciones necesarias a fi n de adecuar sus instrumentos institucionales y de gestión en virtud a la transferencia de funciones sectoriales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, disponiéndose su publicación asimismo en un diario de circulación regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www. regionlima.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE Presidente Regional 680788-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan la implementación de un paradero de transporte regular en el Cercado de Lima RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 7441-2011-MML/GTU-SRT Lima, 12 de agosto de 2011 VISTO.- El Documento Simple Nº 75348-2011 de fecha 25 de mayo del 2011, el Informe Nº 523-2011-MML/ GTU-SETT, de fecha 20 de julio del 2011, emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la implementación de Paradero de Transporte Público, y; CONSIDERANDO: Que, el acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que: “La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planifi car, regular y gestionar el transporte público”; Que, la Ordenanza N° 1338-MML, en el numeral 31 del artículo 5A° defi ne al Paradero de Transporte Regular como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizada para el embarque y desembarque de pasajeros”; Que, el artículo 100° de la Ordenanza N° 812-MML (Reglamento de Organizaciones y Funciones), establece: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte regular y no regular de tránsito y viabilidad para la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del artículo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que: “Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulación de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte público regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ámbito de la provincia de Lima”; Que, mediante el Informe 523-2011-MML/GTU-SETT de fecha 20 de julio del 2011, la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte considera técnicamente Factible la implementación de un paradero de transporte regular en la Calle Manuel Castañeda Cdra. 2, en el distrito del Cercado de Lima, de acuerdo a la evaluación realizada acerca de los aspectos normativos y físicos de las vías, así como los parámetros técnicos concernientes a la verificación de los aspectos necesarios; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; la Ordenanza N° 1338-MML; la Ordenanza N° 812-MML; y demás normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la implementación de un paradero de transporte regular en la Ca. Manuel Castañeda cdra. 2 en el distrito del Cercado de Lima; tal y como se detalla a continuación: EJE UBICACION SENTIDO N-S S-N AC DC AC DC Ca. Manuel Castañeda Av. José Gálvez 1 LEYENDA Antes del cruce AC Después del Cruce DC Artículo 2º.- El Paradero Autorizado será de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías. Artículo 3º.- El Paradero Autorizado podrá ser identifi cado mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, además por el mobiliario urbano (módulo), en cada una de las vías señaladas en la presente resolución. Artículo 4º.- La vigencia del Paradero Autorizado queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para