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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (25/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de agosto de 2011 448937 GUTIÉRREZ, formulado por la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado; y disponer su tramitación por vía diplomática ante el Gobierno de la República de Bolivia, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Nota Protocolar GM-DGAJ-UDR-1233- 11-8509 del 7 de junio de 2011, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, hizo de conocimiento que las autoridades Bolivianas han accedido al pedido de extradición activa del reclamado Juan Carlos ARCILA GUTIÉRREZ; en este sentido solicitaron designar a los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la República de Bolivia hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 341-2011-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI del 11 de agosto de 2011, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Roxana TELLO CAMINO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar OVIEDO DULANTO, a la ciudad de La Paz - Bolivia, del 25 al 29 de agosto de 2011, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Juan Carlos ARCILA GUTIÉRREZ, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada, por la presunta comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio Nº 1392-2011-DIRECFIN- PNP/DIVPRE del 11 de agosto de 2011, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 060-2011- DIRECFIN-PNP-DIVDyB-DEPADM. del 11 de agosto de 2011, sobre Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 25 al 29 de agosto de 2011; asimismo la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hizo conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 360-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 11 de agosto de 2011, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a S/. 5,500.00 (Cinco Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles), por comisión del servicio a la ciudad de La Paz - Bolivia, de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Roxana TELLO CAMINO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar OVIEDO DULANTO, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003- 2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero en comisión del servicio de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Roxana TELLO CAMINO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar OVIEDO DULANTO, a la ciudad de La Paz - Bolivia, a partir del 25 al 29 de agosto de 2011, para ejecutar la extradición activa del procesado Juan Carlos ARCILA GUTIÉRREZ, formulado por la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Capitán de la Policía Nacional del Perú Roxana TELLO CAMINO - Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x S/. 550.00. S/. 2,750.00 TOTAL S/. 2,750.00 Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar OVIEDO DULANTO - Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 5 x S/. 550.00. S/. 2,750.00 TOTAL S/. 2,750.00 Artículo 3º.- Dentro de los QUINCE (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- Dentro de los SIETE (7) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado