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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de agosto de 2011 448935 e) Sobre disposición y administración de propiedad estatal de conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA: - Aprobar los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes inmuebles que correspondan al Ministerio de Educación, lo que incluye la suscripción de los documentos que sean necesarios para su formalización. f) Sobre contratación de auditorías, de conformidad con el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control aprobado por Resolución de Contraloría N° 063-2007- CG: - Representar al Ministerio de Educación en la suscripción de contratos de auditoría a suscribirse con las sociedades de auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control y sus modifi catorias. g) Sobre acciones administrativas, de conformidad con la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas conexas: - Representar al Ministerio de Educación ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativos, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación; y, en general emitir e implementar los actos y actuaciones que no sean privativas del Ministro conforme la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo o del Procurador conforme al Decreto Legislativo N° 1068 del Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2008-JUS. - Resolver, previo informe legal, como instancia administrativa, recursos de apelación y revisión interpuestos contra las Resoluciones emitidas por la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana – DRELM. - Resolver, previo informe legal, como última instancia administrativa, recursos de apelación y revisión contra las Resoluciones emitidas por las Direcciones Generales y la Ofi cina General de Administración, respectivamente. - Declarar, previo informe legal, la nulidad de los actos administrativos que contravengan el ordenamiento jurídico. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la Resolución Ministerial N° 0001-2011-ED. Artículo 3º.- Delegación de facultades al Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación. Delegar al Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2011, las siguientes facultades y atribuciones: - Designar Comités Especiales de procesos de selección, así como la modifi cación de la composición de los mismos. - Suscribir, modifi car y resolver contratos relativos a la contratación de servicios, consultorías, ejecución de obras y adquisición de bienes. - Cancelar procesos de selección. - Aprobar los expedientes de contratación y las bases de los procesos de selección convocados por el Ministerio de Educación, y los que vayan a ser convocados por entidades con las cuales se haya suscrito convenio de encargo. - Aprobar la Buena Pro cuando las propuestas económicas de los postores en los procesos de selección para la ejecución de obras, superen el valor referencial hasta el límite de diez por ciento (10%) del mismo. - Aprobar el proceso de estandarización de bienes. - Aprobar las ampliaciones de plazo en bienes y servicios. - Aprobar las diferentes etapas de los procesos que de conformidad con los Manuales de Convenios Internacionales se deban ejecutar, suscribir los respectivos contratos, y establecer los procedimientos de verifi cación correspondientes. - Disponer las modifi caciones en los actos administrativos que se emitan para efectos del pago y demás trámites administrativos derivados del derecho pensionario. Artículo 4º.- Delegación de facultades al Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación Delegar al Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2011, las siguientes facultades y atribuciones: Sobre Proyectos de Inversión Pública de conformidad con la Ley N°. 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 102-2007-EF y demás normas conexas: - Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables. Artículo 5º.- Delegación de facultades al Jefe de la Ofi cina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Delegar al Jefe de la Ofi cina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2011, las siguientes facultades y atribuciones: - Aprobar los deductivos de prestaciones en obra. - Aprobar las ampliaciones de plazo en obras. - Aprobar las ampliaciones de plazo en consultorías de obra. - Aprobar los adicionales y deductivos en consultorías de obra. Artículo 6º.- Delegación de facultades al Jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación Delegar al Jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2011, las siguientes facultades y atribuciones: - Celebrar convenios de prácticas pre-profesionales. - Suscribir los Contratos de Administración de Servicios – CAS. Artículo 7º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, Contraloría General de la República, Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego, y a las unidades orgánicas del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 682383-1 Aceptan renuncia y designan Directora de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0450-2011-ED Lima, 24 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0083-2010- ED, se designó a doña Graciela Nora Díaz Dueñas, como Directora de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, cargo considerado de confi anza;