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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de agosto de 2011 449124 Comunicaciones; la coordinación, divulgación general y otras acciones que sean necesarias. Regístrese, comuníquese, públiquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 683184-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2011-DA/MDB Breña, 1 de agosto del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 350-2011-GPP/MDB de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto por el cual opina por la procedencia Técnica de la aprobación del Programa de Segregación en la Fuente de Residuos Sólidos domiciliarios en el distrito de Breña presentado mediante Informe Nº 023 -2011 GSC/MDB. CONSIDERANDO: Que, el numeral 22) del Artículo 2º. de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las persona puedan disfrutar de un ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armónica. Que, mediante Informe No. 350-2011-GPP/MDB de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto señala que “ La Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, establece en su Artículo 80º. que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de Limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, la Ley Nº 27314 General de Residuos Sólidos, modifi cado por Decreto Legislativo Nº 1065 establece como competencia de las Municipalidades distritales y provinciales, en las concierne a los distritos del Cercado, la responsabilidad por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción. Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009 –MINAM, que aprobó la Política Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Política, 2: Gestion Integral de la calidad ambiental; Componente 4. Residuos Sólidos, como un Lineamiento de Política del sector, el fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento. Que, mediante Ordenanza Nº 349 -2011-MDB/CDB, de fecha 26 de julio de 2011 se aprobó el PLAN DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA EL DISTRITO DE BREÑA; que dispone como función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales en materia de Saneamiento, Salubridad y Salud, la de proveer el servicio de limpieza pública y aprovechamiento industrial de los desperdicios Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APRUEBASE el Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, que se implementará en las zonales: 5 , 6 ,8 , el mismo que se extenderá progresivamente en toda la circunscripción del distrito de Breña, que como Anexo 1 forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ESTABLEZCASE un plazo de 30 días hábiles, para que la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente a través del Área de Limpieza Pública, efectúe las acciones y coordinaciones necesarias con los principales actores involucrados para implementar exitosamente el Programa referido en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, requerirá de una partida en el presupuesto municipal, con el objeto de atender la sostenibilidad del Programa y la ejecución del mismo en otras zonas del distrito. Artículo Cuarto.- Publicidad del Programa El Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, para el distrito de Breña, será publicado íntegramente en el portal electrónico de la Municipalidad, para su conocimiento y difusión: www.munibrena.gob.pe, encargándose su difusión a la Sub Gerencia de Estadística e Informática. Artículo Quinto.- Vigencia del Programa El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, encargándose su publicación a la Gerencia de Administración y Finanzas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 682973-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Exoneran de proceso de selección la adquisición de baldosas de concreto y bolsas de pegamentos para la obra denominada Mejoramiento del talud del Malecón Gran Almirante del Perú Miguel Grau Seminario ACUERDO DE CONCEJO N° 025-2011-MDCH Chorrillos, 13 de agosto del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto: en Sesión Ordinaria de la fecha el Informe N° 1649-2011-GODU-SGOPUB-MDCH, emitido por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano; mediante el cual sustentan y solicitan se declare en Situación de Emergencia a la obra denominada Mejoramiento del talud del Malecón Gran Almirante del Perú Miguel Grau Seminario para la adquisición de 15,600.00 m2 de