Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2011 (06/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES
VISTO:

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actividades y funcionamiento del sector publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, el inciso 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; concordante con lo establecido por el Articulo 40 de la Ley citada, que senala: "Las Ordenanzas de las municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia son las Normas de caracter General de mayor jerarquia en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la Organizacion interna, (...). Que, de acuerdo a lo que dispone el inciso 12 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972: Son atribuciones del Concejo Municipal aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal. Que, el Inciso 5 del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades dispone que: Son atribuciones del Alcalde: Promulgar las ordenanzas y disponer su publicacion. Que, a traves de la Ordenanza Municipal Nº 1092007-CM-MPE-C de fecha 23 de MORDAZA del 2007, se ha aprobado el Reglamento Interno de Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Espinar. Que, es necesario modificar el Reglamento Interno del Concejo Municipal, mas aun cuando a traves de dicho reglamento se requiere regular todas la actuacion del Concejo Municipal durante las sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes del Concejo Municipal. Estando a lo expuesto, el inciso 8 del Articulo 9, los Articulos 39 y 40 y el Inciso 5 del Articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR-CUSCO. Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno de Concejo RIC de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR DEL DEPARTAMENTO DEL MORDAZA, que consta XIII titulos, 149 articulos, 01 disposicion transitoria y 02 disposiciones finales cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza en 21 folios. Articulo Segundo.- Derogar la Ordenanza Municipal Nº 109-2007-CM-MPE-C de fecha 23 de MORDAZA del 2007, y cualquier otra MORDAZA que se oponga a la presente ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- Disponer que la vigencia del Reglamento Interno de Concejo RIC aprobado en el articulo primero sea a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General y a la Oficina de Comunicaciones e imagen institucional la publicacion de la presente Ordenanza de acuerdo a Ley, y a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Dado en Espinar, a los doce dias del mes de setiembre del dos mil once. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumplase. MORDAZA A. MOLLOHUANCA MORDAZA MORDAZA Provincial

El Informe Nº 052-2011-SG-MPE-C/VVN de fecha 05/08/11 de la Jefa de la Oficina de Secretaria General. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 052-2011-SG-MPEC/VVN de fecha 05/08/11, la Jefa de la Oficina de Secretaria General solicita la designacion del funcionario responsable de la recopilacion y entrega de informacion publica; asimismo peticiona la designacion del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de los datos consignados en el MORDAZA de transparencia institucional de la Municipalidad Provincial de Espinar, ello para dar cumplimiento a la Ley. Nº 27806 Ley de transparencia y acceso a la informacion publica, modificado por la Ley Nº 27927 y su reglamento. Que, de acuerdo a lo que establece el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con el articulo 40 de la Ley de Bases de Descentralizacion y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades: Los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, las Resoluciones de Alcaldia aprueban y resuelven los asuntos de caracter administrativo, de conformidad con el articulo 43 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, el Articulo 8 de la Ley. Nº 27806 Ley de transparencia y acceso a la informacion publica, modificado por la Ley Nº 27927, establece que las entidades obligadas de brindar informacion son las senaladas en el articulo 2 de la presente Ley. Dichas entidades identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud de la presente Ley (...); concordante con el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de transparencia y acceso a la informacion publica que preceptua: (...).La designacion del funcionario o funcionarios responsables de entregar la informacion (...) se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente la Entidad colocara MORDAZA de la Resolucion de designacion en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas. (...). Que, el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, Reglamento de la Ley de transparencia y acceso a la informacion publica regula las obligaciones de la MORDAZA autoridad de la Entidad, en el que senala que: Las obligaciones de la MORDAZA autoridad de la Entidad son las siguientes: a. Adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica dentro de su competencia funcional; b. Designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion de acceso publico; c. Designar al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia; d. Clasificar la informacion de caracter secreto y reservado y/o designar a los funcionarios encargados de tal clasificacion; e. Disponer se adopten las medidas de seguridad que permitan un adecuado uso y control de seguridad de la informacion de acceso restringido; y, f. Otras establecidas en la Ley. Que, el articulo 5 de la Ley. Nº 27806 Ley de transparencia y acceso a la informacion publica, modificado por la Ley Nº 27927, establece que las entidades de la administracion publica estableceran progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusion a traves del internet (...). Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 136-2010MPE-C de fecha 02 de marzo del ano 2010 se ha designado al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paiva como funcionario responsable de brindar informacion solicitada y al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina de Tecnologias de la informacion como responsable de elaborar y mantener actualizado el MORDAZA de transparencia de la Municipalidad Provincial de Espinar. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 20 inciso 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades y los articulos 3 y 4 del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de transparencia y acceso a la informacion publica y el articulo 8 de la Ley Nº 27806 Ley de transparencia y acceso a la informacion publica, modificado por la Ley Nº 27927.

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Designan funcionarios responsables de brindar informacion de acceso publico y de elaborar y actualizar el MORDAZA de transparencia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 472-2011-MPE-C
Espinar, 9 de agosto del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR-DEPARTAMENTO DEL CUSCO.

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