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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454462 Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe Nº 358-2011-DVMPEMPE/CP/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y el Ofi cio Nº 603- 2011-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio Nº 1121-2011-MTPE/4/9 del Jefe de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (en adelante el Programa), es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo, desarrollar capacidades productivas y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005-Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria; Que, la Segunda Disposición Final Complementaria y Transitoria dispone que las normas especiales sobre adquisiciones de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicables al Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa; Que, para el cumplimiento de sus fi nes, el Programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, el literal c) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, las transferencias fi nancieras del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, hoy Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; asimismo, el artículo 16º de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispone que las transferencias fi nancieras permitidas entre entidades durante el año fi scal 2011, comprende al Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” hoy Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 080-20011- DVMPEMPE/CP, se aprobó entre otros, el expediente técnico, el fi nanciamiento y la ejecución de los Proyectos de Contingencia Excepcional en las ofi cinas zonales de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima Norte, Lima Este, Lima Sur, Piura y Puno por la suma total de S/. 9 939 319.99 (Nueve Millones Novecientos Treinta y Nueve Mil Trescientos Diez y Nueve y 99/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorándum Nº 855 y 0886-2011- DVMPEMPE/TP/USP, la Unidad de Supervisión de Proyectos solicitó a la Unidad de Contabilidad la transferencia fi nanciera a favor de los organismos ejecutores de los proyectos de contingencia excepcional aprobada mediante Resolución Directoral Nº 080-2011-DVMPEMPE/CP; Que, mediante el Memorando Nº 424-2011- DVMPEMPE/TP-OAF-UC, la Unidad de Contabilidad solicitó a la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y Monitoreo otorgue certifi cación de crédito presupuestario por la cantidad de S/. 2 084 749,08 (Dos Millones Ochenta y Cuatro Mil Setecientos Cuarenta y Nueve y 08/100 Nuevos Soles), para realizar las transferencias fi nancieras a favor de los organismos ejecutores de los citados proyectos de contingencia excepcional de los cuales S/. 1 152 470,092 (Un Millón Ciento Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Setenta y 92/100 Nuevos Soles) corresponden a transferencias fi nancieras a favor de los organismos ejecutores del sector público; Que, mediante Memorando Nº 01572-2011-DVMPEMPE/ CP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo otorgó certifi cación de crédito presupuestario PCA Nº 001134-2011-MTPE/4/11 por la citada cantidad; Que, mediante Memorando Nº 496-2011-DVMPEMPE/ TP-DP, la Dirección de Proyectos solicitó realizar los trámites correspondientes para la aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de los organismos ejecutores del sector público por la cantidad de S/. 1 152 470,092 (Un Millón Ciento Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Setenta y 92/100 Nuevos Soles); Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Director Ejecutivo, del Secretario Ejecutivo, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el artículo 16º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011; el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 7º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, por un monto de S/. 1 152 470,092 (Un Millón Ciento Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Setenta y 92/100 Nuevos Soles) a favor de los Organismos ejecutores del Sector Público, señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3º.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 725072-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2011-TR Lima, 28 de noviembre de 2011 VISTOS: Los Memorando Nºs. 288, 302, 336 y 395- 2011-DVMPEMPE/CP-DP de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando Nº 845-2011-DVMPEMPE/ TP-USP de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando Nº 244-2011-DVMPEMPE/ CP-OAF-UC y el Informe Nº 42-2011-DVMPEMPE/CP- OAF-UC, de la Unidad de Contabilidad del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando Nº 1104-2011-DVMPEMPE/TP-OPPM de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe Nº 354-2011-DVMPEMPE/CP/ UAL, de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y el Ofi cio Nº 601-2011-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio Nº 1122-2011-MTPE/4/9 del Jefe de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035,