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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (06/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454466 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Expiden título de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Cañete RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 457-2011-CNM Lima, 30 de noviembre del 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 10005-2011-CE-PJ, de fecha 2 de noviembre del 2011, remitido por el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal, como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, asimismo el segundo párrafo del artículo 6° del referido Reglamento, modifi cado por Resolución N° 284-2010- CNM publicado el 12 de setiembre del año en curso, establece que: “El Magistrado trasladado no podrá incorporarse a la nueva plaza mientras el Consejo Nacional de la Magistratura no le hubiese expedido el nuevo título que lo nombra en la plaza de destino y por consiguiente le otorga nuevo estatus jurídico en la jurisdicción y competencia de la plaza respectiva, bajo responsabilidad”, Que, el inciso 3) del artículo 35° de la Ley N° 29277 Ley de la Carrera Judicial, reconoce el derecho de los magistrados a ser trasladados, a su solicitud, por razones de salud o de seguridad debidamente motivados; Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 10005-2011-CE-PJ, de fecha 2 de noviembre del 2011, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 232-2011-CE-PJ del 23 de setiembre de 2011, que declara fundada la solicitud de traslado por motivo de salud presentada por el doctor Elmer Soel Rebaza Parco, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza de igual jerarquía en el Distrito Judicial de Cañete; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 24 de noviembre de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor ELMER SOEL REBAZA PARCO, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor ELMER SOEL REBAZA PARCO, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Cañete. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GARCÍA NÚÑEZ Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 724344-1 Nombran Jueces de Paz Letrados y Fiscales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 464-2011-CNM Lima, 2 de diciembre del 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 123-2011-CPSN/CNM de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento, mediante el cual eleva el cuadro de méritos de los candidatos en reserva del Poder Judicial de la Convocatoria Nº 001- 2010-SN/CNM; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicó el Cuadro de Aptos de los Candidatos en Reserva del Poder Judicial de la Convocatoria Nº 001-2010-SN/CNM, conforme a lo previsto por el artículo 65º, numeral 65.4 de la Ley de Carrera Judicial; Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha remitido la relación de plazas vacantes, con la cual la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento del Consejo Nacional de la Magistratura ha elaborado el cuadro de méritos de los candidatos en reserva del Poder Judicial, teniendo en cuenta el nivel, especialidad, ubicación geográfi ca y Distrito Judicial; Que, el Pleno del Consejo, en sesión del 2 de diciembre de 2011, con el cuadro de méritos de los candidatos en reserva del Poder Judicial, procedió al nombramiento de Jueces de Paz Letrado, disponiendo que la proclamación y entrega de título, se realice en acto público; Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados en dicha sesión y en uso de las facultades conferidas por los artículos 150º y 154º incisos 1 y 4 de la Constitución Política del Perú, y artículos 14º y 65.4 de la Ley de Carrera Judicial; y los artículos 2º y 37º incisos b), d), f) y g) de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura –Ley Nº 26397; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Cajamarca: 1. LUIS ARMANDO CASTILLO CABRERA JUEZ DE PAZ LETRADO (3º JPL) DE CAJAMARCA 2. BILDER LEONEL SANCHEZ BARAHONA JUEZ DE PAZ LETRADO (LABORAL) DE CAJAMARCA Segundo.- Nombrar en el Distrito Judicial de La Libertad: 1. DINA MIREYA PANTOJA ROBLES JUEZ DE PAZ LETRADO (CHUGAY) DE SANCHEZ CARRION 2. JOSE ANTONIO GALVEZ VIDAL JUEZ DE PAZ LETRADO (SARTIMBAMBA) DE SANCHEZ CARRION Tercero.- Proceder a la proclamación y entrega de título de nombramiento, en acto público del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copia de la presente