Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2011 (06/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2011

el comportamiento poblacional de la merluza, generando cambios en la distribucion latitudinal y batimetrica, como: i) el desplazamiento poblacional hacia el norte; (ii) cambios en la estructura demografica; y (iii) mayor disponibilidad de merluzas juveniles y de tallas menores en los principales caladeros de pesca. Ademas, senala que dichas condiciones ambientales han movilizado merluzas de tallas mayores de 25 cm fuera de las zonas de pesca habituales, permitiendo que las merluzas pequenas (menores a 25 cm), distribuidas en las zonas de cria al sur de los 06º Latitud Sur MORDAZA vulnerables a la pesca, por lo que recomienda suspender las actividades extractivas del recurso merluza, en el area maritima comprendida entre los 04º00' Latitud Sur y 05º00' Latitud Sur, en proteccion al crecimiento y reclutamiento de esta especie; Que, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves del Informe del Vistos, de acuerdo a las recomendaciones del IMARPE, propone suspender las actividades extractivas del recurso merluza, en el area maritima comprendida entre los 04º00' Latitud Sur y 05º00' Latitud Sur, a fin de proteger el crecimiento y reclutamiento del citado recurso; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162003-PRODUCE; y, Con el visado de la Viceministra de Pesqueria y de los Directores Generales de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el area maritima comprendida entre los 04º00' Latitud Sur y 05º00' Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La suspension establecida en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, es aplicable a las actividades extractivas realizadas con embarcaciones pesqueras de arrastre y artesanales. Articulo 3º.- El Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, efectuara el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biologicos, poblacionales y pesqueros del recurso merluza debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Produccion las medidas de ordenamiento pesquero. Articulo 4º.- El seguimiento, control y vigilancia se efectuara sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital, sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales de la Produccion de Tumbes, MORDAZA y Lambayeque. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial sera sancionado conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE, sus modificatorias y demas normativa pesquera vigente. Articulo 6º.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia, de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, asi como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BURNEO MORDAZA Ministro de la Produccion

SALUD
Dan por concluidas designaciones, aceptan renuncia y designan funcionarios en el Hospital MORDAZA Larco MORDAZA de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 901-2011/MINSA
MORDAZA, 5 de diciembre del 2011 Visto, el Expediente Nº 11-104129-001, que contiene el Oficio N° 351-DG-HVLH-2011, remitido por el Director General del Hospital "Victor Larco Herrera" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 508-2008/ MINSA, de fecha 21 de MORDAZA de 2008, se designo al Bachiller en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Estadistica e Informatica del Hospital "Victor Larco Herrera" de la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad; Que, con Resolucion Ministerial Nº 044-2010/MINSA, de fecha 21 de enero de 2010, se designo, entre otros, al Abogado MORDAZA MORDAZA Inquil MORDAZA en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Asesoria Juridica; a la Tecnologa Medica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora, Nivel F-3, de la Oficina de Epidemiologia y Salud Ambiental; al Medico Psiquiatra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Gestion de la Calidad; al Contador Publico Colegiado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Economia de la Oficina Ejecutiva de Administracion y al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Servicios Generales y Mantenimiento de la Oficina Ejecutiva de Administracion del "Hospital MORDAZA Larco Herrera" de la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad; Que, por Resolucion Ministerial Nº 489-2010/MINSA, de fecha 16 de junio de 2010, se designo, a la Licenciada en Trabajo Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Comunicaciones, y al Cirujano Dentista MORDAZA Pena Babilonia en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Apoyo a la Docencia e Investigacion del Hospital MORDAZA Larco MORDAZA de la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 705-2010/ MINSA, de fecha 13 de setiembre de 2010, se designo, al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA Mandare MORDAZA en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, y al Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director, Nivel F-3; de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Victor Larco Herrera" de la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad; Que, con Resolucion Ministerial Nº 152-2011/MINSA, de fecha 22 de febrero de 2011, se designo al Licenciado en Relaciones Industriales MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Victor Larco Herrera" de la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 667-2011/ MINSA, de fecha 7 de setiembre de 2011, se designo al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; Que, con Resolucion Ministerial Nº 788-2011/MINSA, de fecha 25 de octubre de 2011, se designo, entre otros, al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe, Nivel F3, de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Victor Larco Herrera" de la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad; Que, con documento de fecha 1 de diciembre de 2011, el Licenciado en Relaciones Industriales MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, presento su renuncia al cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Victor Larco Herrera" de la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad;

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