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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454472 de Transportes para su cobranza por dicha vía, así como su inmediato registro en la Central de Riesgos de INFOCORP. 9.5 Se proseguirá con el procedimiento de cobranza coactiva, en el estado en que éste fue suspendido, trabándose las medidas cautelares necesarias para asegurar el pago de la deuda. DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero. Los benefi cios establecidos en la presente Ordenanza, no alcanzan a los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la misma, no generando, por tanto, derecho de devolución alguno. Artículo Segundo. Las deudas vencidas y no pagadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2011, perderán automáticamente los benefi cios señalados en la presente Ordenanza, por lo que su valor impago retornará a los montos y porcentajes establecidos en la escala de infracciones señaladas en los Reglamentos u Ordenanzas respectivas. Artículo Tercero. La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 725447-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR Declaran en emergencia los recursos hídricos y acceso al agua de las familias rurales en la provincia de Espinar, por déficit del recurso hídrico ORDENANZA MUNICIPAL N° 199-2011-MPE-C Espinar, 30 de mayo del 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR-CUSCO. POR CUANTO. En sesión de consejo municipal del día doce de mayo del dos mil once, bajo la presidencia del señor Alcalde Bach. Econ. Oscar Mollohuanca Cruz y con la asistencia de los señores regidores: Ing. Química Silvia Luna Huamani, Sr. Victor Quispe Valeriano, Sr. Rolando Condori Condori, Sr. David Alvarez Chuchullo, Sra. Norma Arenas Portugal, Sr. Porfi rio Taipe Pauccara, Lic. Bernardo Condori Ccama, Sr. Juan Lazaro Marca Huamancha, Lic. Florentino Panfi l Cahuana Serrano; la Moción-004/2011/PTP/MPE/C de orden del día presentada por el Regidor Porfi rio Taipe Paucara, en atención a las demandas de la población, a efectos de prevenir la escasez de recurso hídrico, y existiendo un défi cit provincial del líquido elemento, por lo que debe declararse la emergencia de los Recursos Hídricos y el acceso al agua por parte de la población de la Provincia de Espinar. CONSIDERANDO. Que, Espinar como territorio físico está localizado en la cabecera de la Cuenca de Río Apurímac y origen del Río Amazonas con un área de 5311.09 km2, es una zona altiplánica localizado entre 3,900 a 5,850 m de altitud. Políticamente está conformada por 8 distritos que son: Espinar, Pallpata, Ocoruro, Pichigua, Alto Pichigua, Coporaque, Condoroma y Suykutambo; en este territorio habitan aproximadamente 66,908 personas, según el Censo Nacional de Población y Vivienda del 2007, de ellos el 50% viven en la capital de la Provincia Espinar que es Yauri y el 50 % de la población restante vive en 68 comunidades campesinas legalmente reconocidas. Que, Espinar por su ubicación altiplánica y cabecera de cuenca, las lluvias son estacionales que ocurren entre los meses de diciembre a marzo con registro de precipitación promedio anual de 750 mm. Los siguientes meses de abril a noviembre son los meses de estiaje con ausencia total de lluvias, cuya consecuencia produce una escasez y se agudiza con carencia extrema entre los meses de agosto a noviembre, en que logra secar la mayoría de las fuentes superfi ciales y subterráneas. En este espacio territorial con características altiplánicas, con poco espacio de recarga y capacidad de almacenamiento, el agua que se genera como consecuencia de las lluvias estacionales de 3 meses, se pierde tan prontamente por las escorrentías y como consecuencia no hay almacenamiento natural de agua para reserva o contingencia. A estas limitaciones se agrega también la formación de los suelos que son sedimentos lacustrinos constituidos por tobas areniscas de color gris blanquecina, depositados en capas delgadas que difi cultan la infi ltración, por ello en las partes bajas del territorio de Espinar no existen afl oramientos de agua subterránea, es decir los manantes. Que, la escasez de agua en Espinar se debe a estos y otros factores condicionados al cambio climático. Estas limitaciones traen como consecuencia la dotación de agua potable a la población de la capital de Espinar Yauri, por sólo 2 horas al día, para una población de 35,000 habitantes, aún cuando se tiene previsto pequeños sistemas de almacenamiento, el mismo que genera una tensión social de gobernabilidad y contaminación. Que, el crecimiento poblacional se ha incrementado signifi cativamente a partir del año 1990, debido a la presencia de la actividad minera de Tintaya, ahora Antapacay y otras exploraciones mineras, y la dinamización comercial con Arequipa y Cusco. Esta tendencia de seguir incrementando la poblacional seguirá incrementando la demanda de agua, es decir el aumento de las necesidades de la población frente a una disponibilidad limitada de la cantidad de agua. Que, en este periodo de tiempo, las familias de las comunidades son los que más sufren la crisis de agua porque tienen que compartir el agua entre su alimentación, con sus animales y con su sistema productivo agropecuario, que pasa a ser complementario en su estrategia de vida por la producción estacional. Este hecho genera costos adicionales a su supervivencia, por descapitalización, abandono de hijos en edad escolar e incremento de pobreza; porque tienen que trasladarse a zonas con agua y pasto, y los únicos que existen son el Río Apurímac y Río Salado, que son más permanentes. Que, las familias de las comunidades campesinas de los distritos de Pichigua, Coporaque, Suykutambo, son los que están en peor situación de carencia de acceso al agua y llegan al extremo de compartir con sus animales de pequeños afl oramientos. Que, en los últimos 10 años, los efectos del cambio climático son más preocupantes en este territorio, porque inciden directamente en la disponibilidad de agua para todos los usos, que coinciden con los comunicados de alerta de los estudios de cambio climático y en especial de la NASA. Esta preocupación está sustentada en la observación del comportamiento de los fenómenos climáticos, la lluvia ya NO retorna con regularidad en las épocas previstas para siembra de pastos y cultivos, distorsionando la planifi cación productiva, cada año; igualmente hay una inseguridad de cosecha natural del agua en las partes altas (lagunas) o manantes que aseguren la recarga para las partes bajas. Que, por las razones expuestas, el défi cit del recurso es explícito, que limita a las familias su acceso en condiciones aceptables; calidad y cantidad, tanto para su alimentación como para la producción. Que, como respuesta a esta crisis generalizada, las familias campesinas a partir del año 2002 han iniciado los proyectos comunales y familiares de cosecha de agua de lluvia aprovechando sus conocimientos ancestrales, asimismo los cauces y depresiones naturales. Esta tecnología constituye una experiencia piloto en el país que resuelve las necesidades urgentes, pero aún no son la solución a largo plazo. Igualmente estas familias productoras son los pioneros en establecer la tecnología de riego presurizado por aspersión en pastos mejorados y praderas naturales, precisamente como respuesta a la crisis del agua. Que, frente a estos problemas urgentes de necesidad de agua, se necesitan proyectos a gran escala para dotar de agua a la población tanto para el consumo humano, así como para sus animales y la producción. Pero, además,