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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (18/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de diciembre de 2011 455105 que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora abogada Eda Adriana Rivas Franchini al cargo de Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 730278-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican Anexo B: Cuotas Internacionales, Año Fiscal 2011, de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 139-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29626 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y en el Anexo B: Cuotas Internacionales, Año Fiscal 2011, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario: Ministerio de Relaciones Exteriores, se detallan las entidades y montos previstos para el año 2011; Que, conforme al Artículo 1º, inciso 1.5 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores se puede modifi car el Anexo B, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, luego de realizada la evaluación y priorización correspondientes, se ha considerado pertinente modifi car el Anexo B: Cuotas Internacionales, Año Fiscal 2011, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario: Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Ley Nº 29626; Que, a lo largo del ejercicio presupuestal en curso se han aprobado diversas modifi caciones al Anexo B para fi nanciar el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales según el D.S. Nº 071-2011-RE, D.S. Nº 125-2011-RE y el D.S. Nº 140-2011-EF, respectivamente; De conformidad con lo establecido por el numeral 8º del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el numeral 3º del Artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Adición Agréguese al Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2011 Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario: Ministerio de Relaciones Exteriores de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, a las siguientes entidades y montos: Pliego presupuestario Monto (En Nuevos Soles) Entidades Ministerio de Relaciones Exteriores 530,825.67 SEGIB Secretaria General Iberoamericana Ministerio de Relaciones Exteriores 11,076.25 CPA Corte Permanente de Arbitraje Ministerio de Relaciones Exteriores 1,925 Convención de Ottawa sobre minas antipersonal. Artículo 2º.- Modifi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2011 Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario: Ministerio de Relaciones Exteriores de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en cuanto a las siguientes entidades y montos: Pliego presupuestario Monto (En Nuevos Soles) Entidades Ministerio de Relaciones Exteriores 1,418,494.25 UNESCO, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 730281-1 Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica con el Gobierno de Brasil para la implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión de Monitoreo y Evaluación en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social del Perú” DECRETO SUPREMO Nº 140-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión de Monitoreo y Evaluación en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social del Perú”, fue suscrito el 31 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar o ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión de Monitoreo y Evaluación en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social del Perú”, suscrito el 31 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República.