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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de diciembre de 2011 455122 materia de regularización, por lo que no podrán presentar futuras reclamaciones o recursos administrativos respecto a las deudas canceladas al amparo de estos benefi cios e interrumpe asimismo el término prescriptorio, de ser el caso. Artículo Sexto.- PAGOS EFECTUADOS No serán objeto de devolución los pagos que se hubieran realizado al contado o en forma fraccionada por las obligaciones tributarias incluyendo intereses moratorios, gastos administrativos y costas, efectuados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- VIGENCIA El benefi cio establecido en la presente Ordenanza entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano hasta el 30 de diciembre del 2011. Transcurrido dicho plazo se procederá a ejecutar la cobranza del íntegro de las deudas tributarias. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación, así como la prorroga de la presente Ordenanza. Segunda.- Queda establecida que la presente norma es de acogimiento voluntario. En consecuencia las deudas por cobranza coactiva seguirán su procedimiento regular de tramitación. Tercera.- Encárguese a la Gerencia de Rentas y dependencias a su cargo, a la Gerencia de Estadística e Informática, Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión y a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 730102-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Modifican la Ordenanza Nº 130-2003/ MVMT que regula la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital en el distrito (Se publica la presente Ordenazaa solicitud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, mediante Ofi cio Nº 598-2011-SG/MDVMT, recibido el 16 de diciembre de 2011) ORDENANZA Nº 117/MVMT Villa María del Triunfo, 17 de junio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO; En sesión extraordinaria de la fecha, aprobada por mayoría, con OCHO VOTOS A FAVOR (Tarazona Fernández, Fernández Cubas, Orreaga Vivanco, Testino Samanez, Carbonell Coronado, Izarra Palomino, Barriga Velazco y Merino Quiroz); y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente Ordenanza que MODIFICA LA ORDENANZA Nº 130-2003/MVMT QUE REGULA LA CONFORMACIÓN, INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL – CCLD EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- MODIFICAR el inciso c) del Artículo 6º de la Ordenanza Nº 130-2003/MVMT que regula la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD en el distrito de Villa María del Triunfo, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “c) La Sociedad Civil representada por los 7 delegados, uno por cada zona territorial.” Artículo Segundo.- MODIFICAR el inciso b) y el inciso d) del Artículo 24º de la Ordenanza Nº 130-2003/MVMT que regula la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD en el distrito de Villa María del Triunfo, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “b) El Comité Electoral recepcionará las listas electorales, que deberán tomar en cuenta para su conformación: • Un (01) representante de cada zona territorial (07 zonas). • Tomarán en cuenta la equidad de género. • Dos (02) representantes accesitarios de cualquier zona. d) Los dos (02) representantes accesitarios podrán representar a cualquier zona territorial, género o segmento de la sociedad civil establecido en el Artículo 12º de esta misma Ordenanza.” Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía amplíe el Cronograma de elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD en el distrito de Villa María del Triunfo, periodo 2010 al 2012, la misma que será publicada en la página web www. munivmt.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 730143-1 Aprueban Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD de Villa María del Triunfo ORDENANZA Nº 144/MVMT Villa María del Triunfo, 16 de diciembre del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar