Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2011 (18/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

455116

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de diciembre de 2011

de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Articulo Primero.-Incorporar la Decima Disposicion Transitoria y Final en el Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion N° 281-2010CNM y modificado por Resoluciones N°s 237 y 295-2011CNM, con el texto siguiente: "DECIMA: Excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre del 2011, los Candidatos en Reserva a plazas de Jueces de Paz Letrados y Fiscales Adjuntos Provinciales en el MORDAZA de las Convocatorias 001-2010, 003-2010, 0052010 y 001-2011-SN/CNM, podran elegir por unica vez ser votados en plaza distinta a la de su postulacion, siempre que sea de la misma especialidad e institucion. Para tal efecto, el CNM publicara en su pagina electronica la relacion de las plazas vacantes existentes, a fin que en el plazo de tres dias habiles manifiesten, por el mismo medio, su voluntad de ser nombrados en alguna de dichas plazas, pudiendo senalar hasta tres opciones, las que seran cubiertas en estricto orden de meritos. Los Candidatos en Reserva nombrados en aplicacion de la presente disposicion, deben permanecer en la plaza asignada por un periodo minimo de tres anos, por lo que no podran participar en concursos de seleccion y nombramiento durante dicho plazo, debiendo presentar una declaracion jurada con firma legalizada, en ese sentido. Los que no resultaran nombrados, mantendran su condicion conforme a lo previsto en el articulo 58° del Reglamento. La presente disposicion es de aplicacion inmediata y solo cuando no se encuentre vacante la plaza de su postulacion." Articulo Segundo.Facultar a la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento a establecer los criterios que MORDAZA necesarios para la mejor aplicacion de la Decima Disposicion Transitoria y Final del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales. Articulo Tercero.-Disponer que la Direccion General publique la presente Resolucion en la pagina electronica del Consejo Nacional de la Magistratura, en la direccion: www.cnm.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NUNEZ Presidente 729953-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan publicacion parcial de consolidado de areas afectadas consideradas como aptas para el MORDAZA de permuta dispuesto a traves de la Ordenanza Regional Nº 059AREQUIPA
ORDENANZA REGIONAL Nº 149 -AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, despues de la construccion del Proyecto Especial Majes MORDAZA se produjeron ­por causas

indirectas- danos en propiedad de agricultores ubicados en los valles de Querque, Lluta, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA, los mismos que fueron considerados damnificados; por lo tanto AUTODEMA inicio procedimientos de resarcimiento, aprobando diferentes Reglamentos; y a partir del 28 de MORDAZA de 2008, entra en vigencia la Ordenanza Regional N° 059- MORDAZA, que establece el procedimiento para identificacion y calificacion de areas agricolas afectadas indirectamente por la ejecucion del proyecto, disponiendo que los agricultores calificados favorablemente puedan permutar sus terrenos afectados por terrenos ubicados en la primera etapa del Proyecto Especial Majes MORDAZA de propiedad de AUTODEMA; debiendo para ello constituir empresas para su concrecion. Que, la ordenanza regional establece que el procedimiento esta a cargo de una Comision Tecnica constituida por tres integrantes, quienes deben cumplir con cuatro etapas, las cuales son: (a) Recepcion documental, (b) Inspeccion, (c) Calificacion y (d) Resultados; concluida la etapa de resultados, se debe publicar los mismos en un consolidado final y como acto inmediato los agricultores podran constituir empresas agricolas y posteriormente formalizar la permuta de las areas damnificadas, con lo cual concluiria el procedimiento. Que, a pesar del tiempo transcurrido aun no se ha concluido con publicar el consolidado final de declarados aptos y por lo tanto no se ha efectuado ninguna permuta de propiedad, siendo que AUTODEMA a traves del Informe Nº 001-2011-GRA/PEMS-CT-RG.302.2008/P, de fecha 04 de octubre de 2011, ha precisado que en los Valles de MORDAZA, San MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA ha existido un buen grado de avance en el MORDAZA de evaluacion; sin embargo en los Valles de Lluta y Querque no se ha logrado concluir la etapa de calificacion dado los problemas de formalizacion de la propiedad que actualmente tienen muchos agricultores; en ese sentido se tiene un numero de agricultores con los cuales se habria concluido el procedimiento de evaluacion y estarian aptos para iniciar el procedimiento de permuta a diferencia de otros que aun no han cumplido con dicho requisito, pero no se puede avanzar con el primer grupo de ellos por tener que esperar al MORDAZA, dado que el numeral 5.4. del articulo 5º de la MORDAZA establece que se debe (en un solo acto) publicar el consolidado final de las areas afectadas calificadas como aptas para iniciar el procedimiento de permuta, de esta manera se encuentra la justificacion para autorizar publicaciones parciales entre seis (06) y dieciocho (18) meses, y en MORDAZA lugar iniciar procedimientos parciales de constitucion de empresas y permuta. Que, el articulo 10º de la Ordenanza Nº 059-AREQUIPA establece las condiciones de constitucion de las empresas agricolas siendo que determina un plazo de treinta (30) dias para su constitucion y MORDAZA despues de haberse publicado las areas consideradas damnificadas y aptas para la permuta y de otro lado la posibilidad de solo constituir tres (03) empresas y que cumplan con acreditar un minimo de 50 hectareas de terreno a ser permutado, aspectos que deben ser modificadas para dar una mayor amplitud. Que por lo MORDAZA expuesto, y al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales, modificadas por Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y Nº 29053, y lo dispuesto en el Ordenanza Regional Nº 001AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA; SE ORDENA: AUTORIZAR LA PUBLICACION PARCIAL DE CONSOLIDADO DE AREAS AFECTADAS CONSIDERADAS COMO APTAS PARA EL MORDAZA DE PERMUTA DISPUESTO A TRAVES DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 059-AREQUIPA, Y MODIFICAR EL PRIMER Y TERCER PARRAFO DEL ARTICULO 10º DE LA REFERIDA ORDENANZA. Articulo Primero: AUTORIZACION AUTORIZAR a la Comision Tecnica encargada de la calificacion de las areas damnificadas por el Proyecto Especial Majes MORDAZA, designada por Resolucion Gerencial Nº 302-2008-GRA-PEMS-2.1/2.3 de fecha 31 de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.