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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de diciembre de 2011 455106 Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 730281-2 Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica con el Gobierno de Brasil para la implementación del Proyecto “Apoyo Técnico a la Implementación de la Televisión Digital en el Perú” DECRETO SUPREMO Nº 141-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Apoyo Técnico a la Implementación de la Televisión Digital en el Perú”, suscrito el 31 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Apoyo Técnico a la Implementación de la Televisión Digital en el Perú”, suscrito el 31 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 730281-3 Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica con el Gobierno de Brasil para la implementación del Proyecto Capacitación Técnica para Represión del Crimen Organizado en el Perú DECRETO SUPREMO Nº 142-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto Capacitación Técnica para Represión del Crimen Organizado en el Perú, fue suscrito el 31 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar o ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto Capacitación Técnica para Represión del Crimen Organizado en el Perú, suscrito el 31 de octubre de 2011, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 730281-4 Ratifican Convenio Específico con el Reino de Bélgica relativo al “Programa de Fortalecimiento Institucional del Sub Sector MYPE del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria para el desarrollo de políticas e instrumentos para las micro y pequeñas empresas” DECRETO SUPREMO N° 143-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio Específi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de Fortalecimiento Institucional del Sub Sector MYPE del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria para el desarrollo de políticas e instrumentos para las micro y pequeñas empresas”, fue suscrito el 14 de julio de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2° de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso. DECRETA: Artículo 1°.- Ratífi case el Convenio Específi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica