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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457273 TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE ESPINAR, PROVINCIA DE ESPINAR-CUSCO” con código SNIP 35798. Artículo Cuarto.- Las funciones generales del Organismo Desconcentrado denominado Proyecto Especial “UNIDOS POR EL AGUA” son las siguientes: a. Elaborar, verifi car y aprobar los estudios de ingeniería, presupuestos y especifi caciones técnicas de las obras del proyecto. b. Es responsable de la ejecución técnica y fi nanciera del proyecto denominado “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA, DESAGUE Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE ESPINAR, PROVINCIA DE ESPINAR- CUSCO” según las especifi caciones establecidas en el expediente técnico del proyecto, con criterios de efi ciencia y efi cacia. c. Coordinar con las entidades públicas y privadas, las actividades de planifi cación y ejecución del proyecto. d. Coordinar los desembolsos para la ejecución oportuna del proyecto derivados del convenio suscrito con el Ministerio de Vivienda. e. Participar en la gestión y obtención de los recursos económicos para la ejecución del proyecto en coordinación con las demás dependencias de la Municipalidad Provincial de Espinar. f. Formular y ejecutar los Planes Operativos que permitan el cumplimiento del Proyecto. g. Coordinar con las dependencias administrativas de la Municipalidad Provincial de Espinar, la ejecución de las actividades de los procesos de contratación de: Bienes, servicios y obras, relacionadas al proyecto. h. Controlar el cumplimiento de los contratos, los avances de las obras, autorizar el pago del personal, bienes y servicios contratados con cargo al proyecto. i. Dar cuenta sobre los avances físicos, fi nancieros y su concordancia al Concejo Municipal, en periodos trimestrales y cuando el Comité Directivo lo requiera. j. Otras funciones asignadas por la alcaldía. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Dispóngase la contratación de personal y los cambios presupuestales que demande la implementación y funcionamiento del Órgano Desconcentrado denominado: Proyecto Especial “UNIDOS POR EL AGUA”. Asimismo se dispone la asignación de los bienes patrimoniales y acervo documental que se requiera para el funcionamiento del Órgano Desconcentrado Proyecto Especial creado. El Alcalde queda facultado para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe los demás instrumentos de gestión y dictar las resoluciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar la Estructura Orgánica del Proyecto Especial Unidos por el Agua, adjunto como anexo a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Modifi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Espinar aprobado por Ordenanza No. 211-2011-MPE- C, de fecha 12 de Setiembre del año 2011, e incorporar las funciones del Proyecto Especial Unidos por el Agua, por tanto, Incorporar la SECCION III PROYECTO ESPECIAL UNIDOS POR EL AGUA, los arts. 170º al 189º y la SECCION IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, cuyo texto va anexo a la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración, así mismo encargar a la Secretaria general su debida publicación en coordinación con Imagen Institucional. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en Espinar, a los 25 días del mes de octubre del 2011. POR TANTO: Mando se registre, comunique, cumpla y publíquese. OSCAR A. MOLLOHUANCA CRUZ Alcalde Provincial 734452-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban Plan Regulador de Transporte Urbano e Interurbano de la Provincia de Huaral 2009 - 2013 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2011-MPH Huaral, 24 de Noviembre de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza respecto al Plan Regulador de Rutas de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO; Que, el Numeral 1.4) del Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, tipifi ca que las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, pueden normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identifi car las vías y rutas establecidas para tal objeto, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia. Que, de la Ley General de Transporte – Ley Nº 27181 en su Artículo 17º regula las competencias de las Municipalidades Provinciales, estipulando en su numeral 17.1) que: “Las Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen Competencias normativas como: a) Emitir normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial. b) Jerarquizar la red vial de su jurisdicción y administrar los procesos que de ellos deriven, en concordancia con los reglamentos nacionales correspondientes. c) Declarar, en el ámbito de su jurisdicción, las áreas o vías saturadas por concepto de congestión vehicular o contaminación, en el marco de los criterios que determine el reglamento nacional correspondiente.” Que, el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transportes es uno de los reglamentos nacionales derivados de la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; que tiene por objeto regular la prestación del servicio de transporte público y privado de personas, mercancías y mixto en los ámbitos nacional, regional y provincial, estableciendo las condiciones de acceso y permanencia de carácter técnico, legal y operacional, que deben cumplir los operadores prestadores del servicio; los requisitos y formalidades para obtener una autorización o habilitación; y los procedimientos para la fi scalización del servicio de transporte en todos sus ámbitos, en procura de lograr la completa formalización del sector y brindar mayor seguridad los usuarios del mismo, promoviendo que reciban un servicio de calidad. Que, el presente Proyecto de Ordenanza del Plan Regulador de Rutas, tiene como objetivos generales, facilitar a la Municipalidad Provincial de Huaral la documentación técnica y legal necesaria a efectos de regular la gestión del servicio de transporte urbano e interurbano de pasajeros y estructurar un sistema jerarquizado de rutas de transporte público, acordes con la realidad existentes en sus diferentes aspectos. Que, mediante Informe Nº 082-2011-MPH-GTTSV de fecha 18 de Octubre de 2011, la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, remite el Plan Regulador de Rutas de la Provincia de Huaral 2009 – 2013. Asimismo, mediante Acta de Reunión de la Comisión Consultiva de Transportes de fecha 30 de Setiembre de 2011, los miembros de la citada comisión aprobaron por unanimidad