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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 112

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457274 el citado Plan Regulador de Rutas, conforme a lo señalado en el Informe Nº 088-2011-MPH/GTTSV. Asimismo, se cuenta con los Informes favorables de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Nº 485-2011/MPH/OAJ- CCCH y Gerencia Municipal Nº 0321-2011-MPH-GM; y con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º Numeral 8), Artículo 39º, 40º y 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y la Ley General de Transporte – Ley Nº 27181. Que, a través de Dictamen Nº 002-2011-CSSAYE- MPH presentado mediante Informe Nº 002-2011-MPH- CDUTTSV de fecha 21 de Noviembre de 2011, la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Seguridad Vial del Concejo, recomienda la Aprobación del Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Plan Regulador de Rutas de la Provincia de Huaral y contando con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGULADOR DE TRANSPORTE URBANO E INTERURBANO DE LA PROVINCIA DE HUARAL 2009 – 2013 Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regulador de Transporte Urbano e Interurbano 2009 – 2013 de la Municipalidad Provincial de Huaral, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Suspéndase, por el plazo de vigencia de la presente Ordenanza Municipal, toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente norma. Artículo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en la Página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 734599-1 Aprueban Reglamento que regula el otorgamiento de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados en la Provincia de Huaral ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2011-MPH Huaral, 25 de Noviembre de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que Regula el Otorgamiento de Licencias de Conducir Vehículos Menores Motorizados y No Motorizado; y, CONSIDERANDO; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley Nº 27680, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, en concordancia con la autonomía política que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal la función normativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante Ley Nº 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en su artículo 17º señala las funciones de la Municipalidad Provincial, como Autoridad Competente en materia de tránsito y transporte terrestre, dentro de toda su jurisdicción. Que, de conformidad al Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, que Aprueba el Reglamento Nacional de Licencia de Conducir Vehículos Motorizados y No Motorizados, y sus modifi catorias: Decreto Supremo Nº 045-2008-MTC, Decreto Supremo Nº 001-2009-MTC, Decreto Supremo Nº 036-2009-MTC, Decreto Supremo Nº 037-2010-MTC, Decreto Supremo Nº 038-2010-MTC, Decreto Supremo 040-2010-MTC y Decreto Supremo Nº 061-10-MTC; corresponde a las Municipalidades Provinciales en materia normativa: “Dictar las normas complementarias de carácter municipal necesarias para la regulación de las licencias de conducir vehículos de la categoría L de la clasifi cación vehicular del Reglamento Nacional de Vehículos, dentro de su jurisdicción, sin contravenir lo establecido en el presente reglamento.” Que, mediante Informe Nº 103-2011-MPH-GTTSV de fecha 23 de Noviembre de 2011, la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, remite el Proyecto de Ordenanza que regula el otorgamiento de Licencias de Conducir Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de dos o Tres Ruedas en la Provincia de Huaral. Asimismo, señala que dicho proyecto tiene como objetivo regular el procedimiento de obtención y control de Licencias de conducir de clase “B”. Que, mediante Informe Nº 535-2011-MPH-OAJ/CCCH de fecha 24 de Noviembre, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la aprobación de la Ordenanza Propuesta por la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, recomendando la incorporación de una Tercera Disposición Final considerando que: “Para todos los procedimientos que no estén contemplados en la presente Ordenanza será de aplicación lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040- 2008-MTC y sus modifi catorias.” Que, a través de solicitud de Dispensa de Dictamen, la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Seguridad Vial del Concejo, recomienda la Aprobación del presente Proyecto de Ordenanza y contando con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR EN LA PROVINCIA DE HUARAL Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el otorgamiento de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados en la Provincia de Huaral, que consta 22 Artículos distribuidos en 3 Capítulos, Ocho Disposiciones Complementarias y Tres Disposiciones Finales, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial en todo cuanto les corresponda. Artículo Tercero.- DISPONER que para todos los procedimientos no contemplados en la presente Ordenanza será de aplicación lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y sus modifi catorias Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en la Página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZAN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 734592-1