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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de enero de 2011 434202 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL Disponen mantener la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008/MDCA que aprobó la Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2010/MDCA Cerro Azul, 28 de octubre del 2010 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL POR CUANTO: VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha veintisiete de Octubre del 2010, el Proyecto de Ordenanza que dispone que se extienda la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 020-2009/MDCA, que Estableció la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las playas del distrito de Cerro Azul, para el ejercicio 2011; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Lit. d) del Art. 68° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF; las Municipalidades se encuentran facultadas para imponer las tasas por estacionamiento de vehículos; Que, mediante Ordenanza N° 015-2008-MDCA, de 24 de Octubre de 2008, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 090-2008-MPC, del 04 de Diciembre de 2008, de la Municipalidad Provincial de Cañete, se estableció en la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul, el tributo denominado tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal por la prestación efectiva del servicio de estacionamiento que brindara la Municipalidad en zonas de Parqueo determinadas y habilitadas para dicho fin; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 020-2009- MDCA, de 26 de Noviembre del 2009 se Prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 015-2008-MDCA, para el ejercicio 2010; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, mediante Informe Nº 195/MDCA/GAT de fecha 26 de Octubre 2010, opina en el sentido que para el ejercicio 2011 debe mantenerse la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 015- 2008-MDCA, en vista que subsisten las mismas condiciones para la prestación del servicio; De conformidad con los artículos 9º, 20º y 40º de la Ley Nº 27972- Orgánica de Municipalidades, el D.S. Nº 135- 99-EF-TUO del Código Tributario, Dec. Leg. Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de la aprobación del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE MANTIENE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 015-2008/MDCA, QUE APROBO LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO Artículo Primero.- MANTENER durante el año 2011, la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008-MDCA, prorrogada mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2009/MDCA, que estableció el tributo denominado Tasa por Estacionamiento Vehicular temporal por la prestación efectiva del servicio de estacionamiento en las zonas de parqueo especifi cadas en dicha Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Servicios Generales el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y a la ofi cina de Imagen institucional, su difusión. Artículo Tercero.- Facultar a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente y dicte medidas complementarias para dar cumplimiento a los alcances de la presente ordenanza , así como para la prórroga de la misma. Artículo Cuarto.- Remitir la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Cañete para los fi nes de Ley. Registrarse, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUANA RASPA VDA. DE PAÍN Alcaldesa 588791-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de Resolución que aprueba el cálculo del Saldo Final de Compensación por Cargo por Reserva de Capacidad y la Compensación resultante a favor de los Usuarios RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 007-2011-OS/CD Lima, 13 de enero de de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 182- 2010-OS/CD, publicada el 02 de julio de 2010, se dispuso el inicio de un proceso de regulación con la fi nalidad de determinar un cargo unitario a ser aplicable a los Usuarios o una compensación a favor de los Usuarios, dependiendo si el Saldo de la Compensación por Cargo por Reserva de Capacidad (CRC), resultaba un Crédito o un Débito; Que, dentro de la etapa j) del Cronograma aprobado mediante el Artículo 4º de la Resolución OSINERGMIN N° 182-2010-OS/CD, se publicaron las Resoluciones OSINERGMIN Nº 247-2010-OS/CD, Nº 248-2010-OS/CD, Nº 249-2010-OS/CD y Nº 250-2010-OS/CD, que resolvieron los recursos de reconsideración interpuestos por el Comité de Operación Económica del Sistema (COES), y las empresas Enersur S.A., Edegel S.A.A. y Kallpa Generación S.A. respectivamente, contra la Resolución OSINERGMIN Nº 217-2010-OS/CD, mediante la cual, se aprobó el valor del Saldo de la Compensación por Cargo por Reserva de Capacidad; Que, como consecuencia de lo resuelto en las resoluciones indicadas en el considerando que antecede, con fecha 30 de octubre de 2010, fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución OSINERGMIN Nº 251-2010-OS/CD (en adelante “Resolución 251”), mediante la cual, se dispuso que el COES, efectúe el cálculo del Saldo fi nal por Compensación por CRC, con la última información disponible, tomando en consideración los criterios establecidos por OSINERGMIN, para que, luego