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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2011 (14/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de enero de 2011 434197 y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas. Asimismo, mediante Resolución SBS N° 2985- 2010, del 25 de marzo de 2010, se autorizó la conversión de la entidad a empresa fi nanciera bajo la denominación “Amerika Financiera”. Además, en la sesión de Directorio celebrada el 24 de agosto de 2010 se decidió aprobar la modifi cación de la denominación del programa a “Primer Programa de Bonos Corporativos de Amerika Financiera”; Que, en la sesión de Directorio celebrada el 30 de noviembre de 2010, se acordó modifi car los términos del programa, estableciéndose que será hasta por un monto máximo de $ 50 000 000.00 (Cincuenta millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional. Asimismo, se acordó autorizar al Gerente General y al Gerente de Finanzas, cualquiera de ellos, conjuntamente con uno de los Directores, o en su defecto, a dos Directores, a determinar los términos y condiciones del programa y de las emisiones; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modifi catorias; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 746-2010; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que Amerika Financiera S.A. realice la emisión del “Primer Programa de Bonos Corporativos de Amerika Financiera S.A.” hasta por un monto máximo de $ 50 000 000.00 (Cincuenta millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 589095-1 Autorizan a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 15-2011 Lima, 5 de enero de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO – Banco de la Microempresa S.A, para que se le autorice el traslado de su Agencia ubicada el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1598-2004 del 21 de setiembre de 2004 se autorizó la apertura de la Agencia ubicada en la Mz. E, Lote 6, Urbanización Las Virreynas del distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”, mediante Informe N° 376- 2010-DSM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 775-2008 y sus modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a MIBANCO – Banco de la Microempresa S.A. el traslado de su Agencia ubicada en la Mz. E, Lote 6, Urbanización Las Virreynas, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima a su nuevo local ubicado en la Mz. D, Lote 2, Urbanización Las Virreynas, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 588869-1 Autorizan a Ace Seguros S.A. la comercialización de productos de seguros a través del canal “ Sistemas de comercialización a distancia” RESOLUCIÓN SBS Nº 44-2011 Lima, 6 de enero de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por ACE SEGUROS S.A. para que se le autorice comercializar productos de seguros a través del canal “Sistemas de comercialización a distancia”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 2996-2010, de fecha 25 de marzo de 2010, se aprobó el Reglamento Marco de Comercialización de Productos de Seguros, que establece las normas a las que deberán sujetarse las empresas aseguradoras para la comercialización de productos de seguros; Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a este órgano de control la documentación señalada en el Procedimiento Nº 146 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobado por Resolución SBS N° 131-2002; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe N°103 -2010-DSSSA; De conformidad con lo dispuesto en numeral 28 del Reglamento Marco de Comercialización de Productos de Seguros; y, En virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 18149-2010 de fecha 29 de diciembre de 2010. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a ACE SEGUROS S.A. la comercialización de productos de seguros a través del canal “Sistemas de comercialización a distancia”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 588737-1 Actualización del capital social mínimo correspondiente al año 2011 CIRCULAR Nº CS-24-2011 Lima, 12 de enero de 2011 CIRCULAR Nº CS-24-2011 AS-20-2011 ------------------------------------------ Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al año 2011 ------------------------------------------ Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley