Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2011 (14/01/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

434200

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de enero de 2011

servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, acorde a las funciones de caracter social y comunal que ejercen los gobiernos locales, es politica de la actual gestion promover la union familiar a traves de un Matrimonio Civil Comunitario en nuestra localidad, que permita fomentar y promover la formalizacion o regularizacion de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo asi a fortalecer y consolidar la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Estando a lo dispuesto por el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y articulo 252º del Codigo Civil; SE DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en el C. P. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, a realizarse el dia 15 de enero del 2011 en la Plaza mayor de la Municipalidad. Articulo 2º.- DISPONER que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan con presentar los requisitos legales y efectuar el pago unico de S/.80.00 nuevos soles. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, y areas pertinentes el cumplimiento del presente Decreto Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA MORDAZA

588973-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Designan organo encargado de ejercer las facultades del organismo promotor de la inversion privada OPIP y las funciones vinculadas a la etapa de ejecucion de los contratos de participacion de la inversion privada
ORDENANZA Nº 127-MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 10 de enero del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y, normativos con sujecion al ordenamiento juridico; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico asi como a las normas

de los Sistemas Administrativos del Estado, no otra cosa se colige de lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, los Sistemas Administrativos por tanto alcanzan a todo el Estado en sus diferentes niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, siendo por tanto de aplicacion a todas las Municipalidades MORDAZA estas Provinciales, Distritales y/o de Centros Poblados, sistemas administrativos entre los cuales se encuentra los de Modernizacion de la Gestion Publica, ello de acuerdo a lo previsto en el numeral 11) del articulo 46º de la Ley Nº 29158; Que, con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administracion Publica y construir un Estado Descentralizado al servicio del ciudadano, se emitio la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado - Ley Nº 27658, instrumento legal que sustenta el MORDAZA de modernizacion de la gestion publica a traves de acciones de racionalizacion vinculadas a la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, se aprobo los Lineamientos para la Elaboracion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF de las entidades que comprenden la Administracion Publica, con la finalidad de establecer las pautas necesarias para ordenar la estructura de organizacion de las entidades de la Administracion Publica, entre ellos los Gobiernos Locales y, actualizar la normatividad aplicable a la confeccion de los Reglamentos de Organizacion y Funciones sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos publicos; Que, la Ley Nº 28059 - Ley MORDAZA del MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, su Reglamento- Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM han sido modificados en parte a traves de la dacion del Decreto Legislativo Nº 1012 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico - Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de Promocion de la Inversion Privada modificado a su vez por el Decreto Legislativo Nº 1016, facultan a los Gobiernos Locales a designar al organo encargado de ejercer las facultades (funciones) del Organismo Promotor de la Inversion Privada ­ OPIP; siendo por tanto asignar dichas funciones a una unidad organica integrante de la administracion municipal de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, ello a su vez con todas las facultades encaminadas al control y supervision de la etapa de ejecucion de los Contratos de Participacion de la Inversion Privada; Que, de conformidad con lo precisado en el inciso 3) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, corresponde al organo de gobierno denominado Concejo Municipal el aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local, situacion que es concordante con lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 1012 que reconoce como organo MORDAZA de los Organismos Promotores de la Inversion Privada al Concejo Municipal; debiendo en todo caso dicha facultad ser ejercida dentro del MORDAZA de lo dispuesto por el precitado Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, se aprobo los Lineamientos para la Elaboracion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF de las entidades que comprenden la Administracion Publica; es decir que el mencionado documento de gestion debe ser adecuado a la mencionada normatividad para alcanzar los objetivos perseguidos por el actual Gobierno Municipal; Que, mediante Informe Nº 002-2011-OPP/MDVMT de fecha 6.ENE.2011 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se ha remitido al Concejo Municipal el proyecto de ordenanza que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones debidamente visado por dicha gerencia como responsable de su elaboracion como por la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas en los Numerales 3) y 8) del Articulo 9 y Numerales 3) y 5) del articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades- Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de Dictamen y aprobacion del Acta correspondiente, se aprobo la siguiente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.