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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de enero de 2011 434775 Artículo Segundo.- Designar al Comité Electoral encargado de conducir el proceso electoral convocado, el cual estará conformado por los siguientes vecinos: Presidente : Sra. Victoria Ludwick Barzota de Terán Vice-Presidente : Sra. María Elena Solís Mendoza Vda. de Brain. Secretario : Sra. Carmen Cristina Solari Otero. Accesitario : Sra. Sofi a Carvajal Gárate de Raffo Accesitario : Sra. Gladys Margarita Carhuaricra Izaguirre de Gamarra. Artículo Tercero.- Aprobar el Cronograma del Proceso Electoral convocado, el cual será publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de San Borja y en el Portal Municipal; publicándose, de igual forma en el Portal Municipal, todos los actos que resulten del proceso electoral. CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL ETAPAS FECHAS INSTALACION DEL COMITÉ ELECTORAL 24 ENERO DIFUSION DE LA CONVOCATORIA 24 ENERO AL 22 FEBRERO PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL PROVISIONAL EN LA MUNICIPALIDAD 01 FEBRERO AL 17 MARZO TACHAS A ELECTORES INSCRITOS EN EL PADRON ELECTORAL 17 – 18 MARZO EVALUACION Y RESOLUCION DE TACHAS A ELECTORES INSCRITOS EN EL PADRON ELECTORAL 21 – 22 MARZO PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL EN LA MUNICIPALIDAD 25 MARZO AL 01 ABRIL INSCRIPCION DE LISTAS DE CANDIDATOS 25 ENERO AL 23 FEBRERO PRE – PUBLICACION DE LISTA DE CANDIDATOS 24 - 25 FEBRERO PRESENTACION DE TACHAS A CANDIDATOS INSCRITOS 28 FEBRERO AL 04 MARZO EVALUACION DE TACHAS 07 AL 11 MARZO PUBLICACION DE RESOLUCION DE TACHAS 14 MARZO SORTEO DE NUMERO DE LISTA DE CANDIDATOS APTOS 15 MARZO PUBLICACION DEFINITIVA DE LISTA DECANDIDATOS 16 MARZO DESIGNACION POR SORTEO DE MIEMBROS DE MESA 17 MARZO ACREDITACION DE MIEMBROS DE MESA HASTA EL 01 ABRIL ACREDITACION DE PERSONEROS ANTE EL COMITÉ LECTORAL HASTA EL 01 ABRIL CAPACITACION A MIEMBROS DE MESA Y PERSONEROS 24 MARZO ELECCIONES VECINALES DOMINGO 03 ABRIL RESOLUCION DEL COMITÉ SOBREIMPUG- NACION EN MESA 04 ABRIL PROCLAMACION Y PUBLICACIONDE RESULTADOS FINALES 05 ABRIL IMPUGNACION DE RESULTADOS FINALES 06 ABRIL EVALUACION Y RESOLUCION DE IMPUGNACION DE RESULTADOS FINALES 7 – 8 ABRIL PROCLAMACION DEFINITIVA DE LISTAS GANADORAS 11 ABRIL INSTALACION Y JURAMENTACION DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS 25 ABRIL Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales que se convoca. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Participación Vecinal y Gerencia de Imagen Institucional la difusión del presente proceso electoral, conforme a lo normado en la Ordenanza Nº 320-MSB. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 592569-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 183 que establece beneficio tributario para el pago de los Arbitrios Municipales en el distrito ORDENANZA Nº 208 San Juan de Lurigancho, 11 de enero de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Memorándum Nº 0033-2011-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 005-11-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 007-2011- GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4) del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifi can y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi je la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 130, Ordenanza Nº 132 modifi cada por Ordenanza Nº 162 y Ordenanza Nº 183, se estableció benefi cios tributarios para el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines en el distrito de San Juan de Lurigancho, el mismo que es aplicable para los ejercicios 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010; y siendo el caso que el Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho, aprobó las Ordenanzas Nºs. 200, 201 y 202 modifi cadas por la Ordenanza Nº 205, que establecen el Régimen Tributario de Arbitrios Municipales de Recojo de Residuos Sólidos, Serenazgo, Barrido de Calles y Parques y Jardines, para el Ejercicio Fiscal 2011 (ratifi cadas por Acuerdo de Concejo Nº 550-2010- MML), es conveniente mantener dicho benefi cio en los Arbitrios Municipales de Recojo de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Parques y Jardines del ejercicio 2011, con la fi nalidad que nuestros contribuyentes cumplan con sus obligaciones sin ningún incremento que perjudique su economía; en consecuencia será aplicable para los Arbitrios del ejercicio 2011, el mismo recálculo obtenido para el ejercicio 2007 (hasta un 20% mayor al monto recalculado para los arbitrios 2006), la diferencia que resulte del recálculo efectuado será exonerada y/o condonada automáticamente, previo pago de las Tasas de Arbitrios; Que, mediante Ordenanza Nº 168-2009 se estableció Benefi cios Tributarios en la Tasa de Arbitrios de Serenazgo para el ejercicio fi scal 2008 y 2009 a las Instituciones Educativas, Talleres de Mecánica, de Calzado, Panaderías, Carpinterías, Consultorios Profesionales y similares, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2010 por Ordenanza Nº 183; Estando al Informe Nº 005-2011-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 007-2011- GR/MSJL de la Gerencia de Rentas; y de conformidad