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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de enero de 2011 434777 habiendo practicado la Inspección Ocular, se verifi có que existe más del 50% de viviendas construidas acorde con lo que establece la Resolución Ministerial Nº 179- 99-MTC, además cuenta con las obras de alumbrado público y suministro de red domiciliaria, faltando las obras de agua potable y alcantarillado, pistas (calzadas), veredas (aceras), señalización y ornamentación; asimismo la recurrente ha cumplido con presentar la solicitud de acogimiento al proceso de regularización el 17.FEBRERO.1998, el Formulario N° 4 , dentro de los 90 días de plazo que establece la Ley N° 26878, siendo sujeto al pago solamente del 10% del Área Objeto de Regularización, lo que se ha considerado cancelado con el monto señalado en el Octavo considerando de la presente resolución; Que, la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas, luego de la evaluación en Sesión Nº 10-2009, por Acuerdo Nº 03-2009 de fecha 27.OCTUBRE.2009, emite el Dictamen Favorable al expediente de la regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa; Que, con el informe N° 455-2010-GDU/MDSMP la Gerencia de Desarrollo Urbano se pronuncia por la conformidad a la regularización de Habilitación Urbana Ejecutada aprobada por la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 79º de la Ley No. 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley No. 26878 - General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 98-MTC; Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA y Decreto de Alcaldía Nº 079-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones de Alcaldía Nº 1542-2001-AL/MDSMP (02.JULIO.2001) y Nº 1957-2001-AL/MDSMP (15. AGOSTO.2001), por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- APROBAR la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo “B”, denominada “Las Casuarinas de Santa Rosa” de conformidad con el Plano signado con el Nº 018-2010-SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva, con zonifi cación Residencial de Densidad Media (R-4) y de Uso Residencial de Alta Densidad (R-5), del terreno de 85,100.00 m2., constituido por la Parcela Nº 10540 del Predio Rústico Santa Rosa, Inscrito en la Partida Nº 11306916 de la SUNARP. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Asociación de Vivienda “Las Casuarinas de Santa Rosa” , para que ejecute en un plazo de dieciocho (18) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente resolución en forma progresiva, las obras faltantes de Habilitación Urbana, como son la ejecución de las obras de agua potable, alcantarillado, veredas (aceras) y pistas (calzadas) del predio de 85,100.00 m2, debiendo sujetarse al Plano y Memoria Descriptiva y a las características y especifi caciones técnicas siguientes: Diseño: se hará según el siguiente Cuadro de Áreas: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN ÁREA m2 Area Bruta del terreno 85,100.00m2 Area afecta a Aportes 85,000.00 Area Util 49,997.76 Area de Vías 24,767.63 Parques Nº 1 y Nº 2 7,466.50 Ministerio de Educación 1,737.00 SERPAR 0.00 Otros Fines 601.25 Area de Compensación 529.86 TOTAL 85,100.00 CUADRO DE MANZANAS Y LOTES MANZANAS Nº DE LOTES ÁREA m2 A 1 al 18 4,825.00 B 1 al 20 3,880.00 C 1 al 36 9,452.81 D 1 al 25 3,116.07 E 1 al 17 3,610.00 F 1 al 28 3,996.50 G 1 al 34 4,979.98 H 1 al 30 4,483.00 I 1 al 44 6,270.00 J 1 al 36 5,384.40 TOTAL 288 49,997.76 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS (RESUMEN) APORTES RNC. TOTAL m2 EN TERRENO DEFICIT Recreación Pública 11,857.05 7,466.50 4,390.55 Ministerio de Educación 1,736.97 1,737.00 0.00 SERPAR 175.24 0.00 175.24 Otros Fines 700.94 601.25 99.69 Calzadas: Podrán ser del tipo fl exible, con las dimensiones y características de los componentes de las calzadas que serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la Municipalidad de San Martín de Porres, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. Aceras: Serán de concreto de calidad f’c =175 Kg/cm2 de espesor 0.15 m y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material de préstamo, limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento- arena fi na en proporción 1:2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. con juntas de ¾” cada 5 ml. Sardineles: En los extremos expuestos de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x 0.30 m. altura de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Rampas en bermas para personas con discapacidad: En los extremos de los abanicos (martillos) de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Edifi caciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. Obras Sanitarias: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. Electricidad: Los interesados deberán poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inicio y término de las obras; las mismas que serán ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios.