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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (02/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435523 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 020-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 25 de enero de 2011 Visto el Expediente Nº 332-2010/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 41 892,67 m², ubicado al Sur de la ciudad de Moquegua en el Sector Chen Chen al lado izquierdo de la Carretera Binacional, en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 41 892,67 m², ubicado al Sur de la ciudad de Moquegua en el Sector Chen Chen, al lado izquierdo de la Carretera Binacional, en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 28 de abril de 2010, se encontró que el citado terreno es de naturaleza eriaza, de topografía plana y está ocupado por viviendas de material precario; Que, mediante Ofi cio Nº 0677-2010/ZR.NºXIII-ORM- PUB del 17 de setiembre de 2010, la Zona Registral Nº XIII - ORM, remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral, sobre la base del Informe Técnico Nº 0506-2010-ZR.NºXIII/OC- ORM-R del 01 de setiembre de 2010, el cual señala que no se puede efectuar la correcta verifi cación de dicha zona por cuanto a la fecha no se cuenta con información digitalizada al 100% de los predios inscritos en la Región Moquegua; Que, el tercer párrafo del Artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 41 892,67 m², de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolución 125-2010/SBN, de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0006-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 07 de enero de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 41 892,67 m², ubicado al Sur de la ciudad de Moquegua en el Sector Chen Chen al lado izquierdo de la Carretera Binacional, en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito, en el Registro de Predios de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese.- EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 597580-8 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 021-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de enero de 2011 Visto el Expediente Nº 316-2010/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 613,49 m², ubicado al Oeste del Asentamiento Humano Dignidad Nacional, distrito de Mala, provincia de Cañete y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 613,49 m², ubicado al Oeste del Asentamiento Humano Dignidad Nacional, distrito de Mala, provincia de Cañete y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Informe Técnico Nº 11297-2010- SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC, la Ofi cina Registral de Cañete, señala que el terreno en consulta se ubica en zona donde dicha base gráfi ca no cuenta con el perímetro incorporado de un predio inscrito que involucre al predio en consulta; Que, realizada la inspección técnica con fecha 27 de setiembre de 2010, se verificó que se trata de un terreno eriazo, conformado por cima de cerro rocoso, sobre el terreno se ha construido un reservorio que brinda agua potable y abastece a la población del distrito de Mala;