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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435526 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Establecen Metas de Ejecutorias Resueltas por parte de las Salas de la Corte Suprema de Justicia y de Resolución de Expedientes en Trámite y Ejecución de Sentencias de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales para el año 2011 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 052-2011-CE-PJ Lima, 26 de enero del 2011 VISTO: El Ofi cio N° 142-2011-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y CONSIDERANDO: Primero: Que, uno de los principales lineamientos de política institucional del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está orientado a lograr que el servicio de administración de justicia se imparta con celeridad, transparencia, equidad y efi ciencia, a fi n de obtener la confi anza de la ciudadanía en general y de los litigantes en particular; Segundo: Que, en el marco de la citada política institucional es necesario que las Salas Supremas registren sus respectivas “Metas de Ejecutorias Resueltas”, y que cada uno de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del país registren sus “Metas de Resolución de Expedientes Principales en Trámite y en Ejecución - 2011”, ya que constituyen un referente importante para el monitoreo y evaluación permanente del desempeño institucional; Tercero: Que, asimismo es necesario que durante el año 2011 los órganos jurisdiccionales registren mensualmente los expedientes principales que ingresan y resuelven tanto en trámite como en ejecución, utilizando para tal efecto el Formulario Estadístico Electrónico - FEE 2011. La información de los expedientes pendientes consignada por cada uno de los órganos jurisdiccionales en el Inventario 2010 –II, será incorporada en dicho formulario electrónico por la Sub Gerencia de Estadística, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial; Cuarto: Que, la tecnología informática disponible por parte de los órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República y de los Distritos Judiciales del país, permite optimizar el proceso de recolección, registro, procesamiento y publicación de la información estadística generada por la labor jurisdiccional; Quinto: Que de conformidad con el artículo 82°, numeral 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución de este Órgano de Gobierno adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el establecimiento de Metas de Ejecutorias Resueltas por parte de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, y de Resolución de Expedientes en Trámite y Ejecución de Sentencias de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales para el año 2011; así como establecer el registro mensual de la información estadística de los expedientes ingresados y resueltos de todos los órganos jurisdiccionales del país. Artículo Segundo.- Los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios registrarán sus respectivas metas a más tardar el 11 de marzo del año en curso, teniendo en cuenta que en ningún caso la meta propuesta será menor al número de expedientes resueltos anualmente, en los últimos tres años. Asimismo, durante los cinco primeros días útiles de cada mes, las Salas Supremas y los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del país, registrarán mensualmente la información estadística de expedientes ingresados y resueltos. El registro de las metas y la información estadística mensual de la labor jurisdiccional se hará de acuerdo a los siguientes escenarios: Órganos jurisdiccionales con acceso a Internet: Las Salas Supremas registrarán las Metas de Ejecutorias Resueltas; los Presidentes de las Salas Superiores, Jueces Especializados o Mixtos y Jueces de Paz Letrados registrarán las Metas de Resolución de Expedientes en Trámite y Ejecución en la página web del Poder Judicial. Para el registro mensual de la información estadística de los Expedientes Ingresados y Ejecutorias Resueltas de las Salas Supremas y de los Expedientes Ingresados y Resueltos en Trámite y Ejecución de los Distritos Judiciales, se utilizará el aplicativo informático Formulario Estadístico Electrónico FEE - 2011 que la Gerencia General actualizará oportunamente en la página web del Poder Judicial. Órganos jurisdiccionales sin acceso a Internet: La Presidencia de la Corte Superior de Justicia respectiva, dispondrá la impresión y distribución del Formulario de Metas entre los órganos jurisdiccionales que no tienen acceso a internet, así como el correspondiente registro mensual de la información estadística de los expedientes ingresados y resueltos en trámite y ejecución. Asimismo, dispondrá el registro en el Aplicativo Informático FEE - 2011 por parte de la Ofi cina de Administración. Artículo Tercero.- Excepcionalmente, los órganos jurisdiccionales podrán reprogramar sus metas previa evaluación y aprobación de la Presidencia de la respectiva Sala Suprema o de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, según sea el caso. Los órganos jurisdiccionales transitorios reprogramarán sus metas por el nuevo plazo de transitoriedad. Artículo Cuarto.- La Gerencia General del Poder Judicial actualizará los aplicativos informáticos para el establecimiento de Metas 2011 y el Formulario Estadístico Electrónico - FEE-2011, que se publicarán en la página web del Poder Judicial y proporcionará el soporte técnico e instructivo a la Corte Suprema de Justicia de la República y a los Distritos Judiciales del país. Asimismo incorporará en el FEE - 2011 la información de los expedientes pendientes consignada por cada uno de los órganos jurisdiccionales del Inventario 2010 -II. Artículo Quinto.- Los Presidentes de las Salas Supremas y los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, son responsables del cumplimiento de la presente resolución y adoptarán las acciones necesarias para tal efecto; asimismo, evaluarán la consistencia de las metas. Artículo Sexto.- La Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y las Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura efectuarán visitas inopinadas de selección aleatoria a los órganos jurisdiccionales, con el propósito de verifi car el proceso y resultados que se deriven de la presente resolución. Artículo Sétimo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Supremas, Comisión Nacional de Descarga Procesal,