Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2011 (02/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, con Carta s/n recibido el 12 de noviembre de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de Ferranafe, remitio el Informe Final de Evaluacion del referido Proyecto Universitario, recomendandose al Pleno del CONAFU No aprobar el PDI del Proyecto de Universidad Autonoma de Ferranafe, por contener serias deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni los niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir con las carreras profesionales propuestas; Que, en el articulo 29º inciso a) del Reglamento, se establece que: "Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustaran a cualquiera de las alternativas siguientes: c) No Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, por contener serias deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir con las carreras profesionales propuestas; Que, por Oficio Nº 884-2010-CONAFU-CDAA de fecha 24 de noviembre de 2010, la Comision Academica informo que el Presidente de la Comision Calificadora presento el Informe Final de evaluacion realizada al PDI del Proyecto de Universidad Autonoma de Ferranafe; por lo que, opina: No aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de Ferranafe, presentado por el senor MORDAZA Vertiz Cabrejos, por contener serias deficiencias que no permite garantizar su adecuado desarrollo, ni los niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir con las carreras profesionales propuestas; Que, en el articulo 30º del Reglamento, se establece que: "Presentado el Informe Final por la Comision Calificadora acompanando con la MORDAZA version completa del PDI evaluado, este a traves de la presidencia sera puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comision Calificadora, se pronunciara con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad"; Que, en el articulo 10º del Estatuto del CONAFU, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: ... c) Aprobar o denegar los Proyectos de Desarrollo Institucional de nuevas universidades"; Que, en la sesion de fecha 05 de enero de 2011 el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 011-2011-CONAFU convino por UNANIMIDAD: No Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de Ferranafe, presentado por el senor MORDAZA Vertiz Cabrejos, por contener serias deficiencias que no permite garantizar su adecuado desarrollo, ni los niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir con las carreras profesionales propuestas. En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- NO APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de Ferranafe, presentado por el senor MORDAZA Vertiz Cabrejos, por contener serias deficiencias que no permite garantizar su adecuado desarrollo, ni los niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir con las carreras profesionales propuestas.

Articulo Segundo.- SOLICITAR a la Asamblea Nacional de Rectores dar tramite a los actos administrativos que permitan la ejecucion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General 597145-1

Resuelven no aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 006-2011-CONAFU MORDAZA, 5 de enero de 2011 "PROYECTO DE UNIVERSIDAD MORDAZA NEWTON" VISTOS: El Escrito s/n recibido con fecha 17 de diciembre de 2009, el Oficio Nº 2224-2009-CONAFUP recibido de fecha 30 de diciembre de 2009, la Carta Nº 001-2010-PUIN recibido de fecha 05 de febrero de 2010, el Oficio Nº 0177-2010-CONAFU-CDAA de fecha 15 de febrero de 2010, el Informe Legal Nº 060-2010CONAFU-CJ de fecha 15 de febrero de 2010, el Oficio Nº 225-2010-CONAFU-SG de fecha 01 de marzo de 2010, la Resolucion Nº 116-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010, la Resolucion Nº 117-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010, la Carta s/n recibido de fecha 24 de MORDAZA de 2010, el Oficio Nº 566-2010CONAFU-SG de fecha 29 de MORDAZA de 2010, el Oficio Nº 006-2010/IPG recibido de fecha 19 de MORDAZA de 2010, el Oficio Nº 719-2010-CONAFU-SG de fecha 26 de MORDAZA de 2010, el Oficio Nº 007-2010/IPG recibido el 18 de junio de 2010, la Resolucion Nº 376-2010-CONAFU de fecha 21 de setiembre de 2010, la Carta s/n recibido el 23 de setiembre de 2010, el Oficio Nº 772-2010-CONAFUCDAA de fecha 11 de octubre de 2010 y el Acuerdo Nº 012-2011-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 05 de enero de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, en el articulo 9º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009 (En Adelante el Reglamento), se establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional, consolida los resultados del estudio de los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una Universidad (...)"; Que, en el articulo 23º inciso c) numeral 8 del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, aprobado por Resolucion Nº 387-2009CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009 (En Adelante el Reglamento), se establece que: "La capacidad economica propia y probada, principalmente a traves del capital que proyecta en su constitucion social o del capital con que cuente su promotora (...)"; Que, en el articulo 23º inciso c) numeral del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de

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