Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2011 (27/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de febrero de 2011

Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0622-97-PE de fecha 20 de octubre de 1997, se otorgo permiso a plazo determinado, a MORDAZA MORDAZA GLENNI MORDAZA, para operar la embarcacion MORDAZA I de matricula PL-12465CM, con 60.80 m3 de volumen de bodega, la cual sera utilizada para la extraccion de los recursos hidrobiologicos; suco, cachema, machete y MORDAZA con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano y fuera de de las cinco (05) millas costeras, utilizando MORDAZA con hielo con sistema de preservacion a bordo y red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgada (38 mm); Que, mediante Resolucion Directoral N° 018-2000CTAR-ANCASH/DRP-CH de fecha 13 de noviembre de 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA GLENNI MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida en MORDAZA denominada MORDAZA I con matricula N° PL-12465-CM, de 60.80 m3 de volumen de bodega y de 19.25 de Arqueo Neto, con hielo a granel como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (05) millas de la costa; Que, mediante Resolucion Directoral N° 055-2001-PE/ DNE de fecha 23 de febrero de 2001, se acepto la renuncia presentada por el armador MORDAZA MORDAZA GLENNI MORDAZA al derecho otorgado a traves de la Resolucion Ministerial N° 622-97-PE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la indicada Resolucion y cancelar el permiso de pesca Resolucion Ministerial N° 622-97-PE para operar la E/P MORDAZA I de matricula PL-12465-CM (Articulos 1° y 2°); Que, mediante Resolucion Directoral N° 003-2005REGION ANCASH/DIREPRO de fecha 10 de febrero de 2005, resuelve modificar el volumen de bodega correspondiente a la embarcacion pesquera MORDAZA I de matricula PL-12465-CM, debiendo consignarse el volumen 72.43 m3 en la Resolucion Directoral N° 018-2000-CTARANCASH/DRP-CH, conforme al fundamento expuesto en la parte considerativa de la citada Resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 157-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 17 de junio de 2003, se otorgo permiso de pesca a los armadores pesqueros MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ y MORDAZA MORDAZA GRANDA MARES, entre otros, para operar las embarcaciones pesqueras DON ROLO 2 de matricula PL-3014-CM con 53.84 m3 y Arqueo Neto de 12.63; y MORDAZA LUZ de matricula PL-4146-CM con 58 m3 y Arqueo Neto 13.65, los cuales se dedicaran a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina, con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 y 38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, asimismo en el Articulo 2° de la Resolucion mencionada en el considerando precedente declara IMPROCEDENTE las solicitudes de permiso de pesca en los extremos referidos a la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo y la extraccion del recurso sardina para el consumo humano indirecto, al no cumplir con el requisito de acreditar fehacientemente haber ejercido esfuerzo de pesca sobre los recursos jurel y caballa al presentar constancias que no guardan la formalidad requerida, y en virtud al MORDAZA precautorio incorporado a nuestro ordenamiento juridico vigente con la finalidad de garantizar el aprovechamiento sostenido del recurso sardina; Que, mediante Resolucion Directoral N° 453-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 04 de diciembre de 2003, en el Articulo 1°; se declara FUNDADO el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA GRANDA MARES y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ, contra la Resolucion Directoral N° 157-2003-PRODUCE/ DNEPP, en lo referente a los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada resolucion; Que, asimismo en el Articulo 2° de la resolucion MORDAZA indicada se otorgo a los armadores MORDAZA

MORDAZA GRANDA MARES y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ, permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de MORDAZA DON ROLO 2 de matricula PL3041-CM y MORDAZA LUZ de matricula PL-4156-CM, en la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, adicionalmente al permiso de pesca otorgado por el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 157-2003-PRODUCE/DNEPP, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm) en el ambito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa manteniendose las demas caracteristicas tecnicas; Que, mediante Resolucion Directoral N° 420-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 20 de setiembre de 2007, se caduco los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras que se detallan en el anexo de esta, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo. En la relacion del anexo de la Resolucion Directoral MORDAZA indicada, se encuentra la embarcacion pesquera DON ROLO 2 de matricula PL-3014-CM consignando como armador al senor Rubio MORDAZA MORDAZA Antonio; Que, mediante Resolucion Directoral N° 434-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 26 de setiembre de 2007, se corrigio el error material detectado en el Anexo de la Resolucion Directoral N° 420-2007-PRODUCE/DGEPP, consignandose en dicho Anexo a la embarcacion pesquera DON ROLO 2 con sus respectivos armadores MORDAZA PAZ ROXANNA B. y GRANDA MARES MORDAZA NATAL; Que, mediante Resolucion Directoral N° 435-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 26 de setiembre de 2007, se resolvio caducar los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras detalladas en el Anexo parte integrante de la misma, solo en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo, siendo consignada en dicho Anexo a la embarcacion pesquera MORDAZA LUZ de matricula PL-4156CM; Que, mediante Resolucion Directoral N° 457-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de junio de 2009, declaran INFUNDADO el Recurso de Reconsideracion formulado por los senores MORDAZA MORDAZA MARES y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ armadores de las embarcaciones DON ROLO 2 y MORDAZA LUZ de matricula PL-3014-CM y PL-4156-CM, contra las Resoluciones Directorales N°s 434-2007-PRODUCE/DGEPP y 4352007-PRODUCE/DGEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la mencionada resolucion; Que, las embarcaciones pesqueras MORDAZA I de matricula PL-12465-CM, DON ROLO 2 de matricula PL3014-CM y MORDAZA LUZ de matricula PL-4156-CM, se encuentran consignados en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcacion debe mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA EXALMAR S.A, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA I de matricula PL-12465-CM, DON ROLO 2 de matricula PL-3014-CM y MORDAZA LUZ de matricula PL-4156-CM; Que, mediante escrito de registro N° 00035409-20105 de fecha 10 de setiembre de 2010 (presentado ante DIGSECOVI) la administrada presenta copias de los Certificados de Matricula de las embarccaiones pesqueras DON ROLO 2 de matricula PL-03014-CM y MORDAZA LUZ de matricula PL-4156-CM; Que, mediante escrito de registro N° 00035409-2010-7 de fecha 28 de setiembre de 2010, la administrada presenta Certificado Negativo de Gravamen de la embarcacion pesquera MORDAZA I de matricula PL-12465-CM y cumplen con adjuntar las declaraciones juradas observadas; Que, mediante MEMORANDO N° 0055-2011PRODUCE/OGA/OEC de fecha 14 de enero de 2011, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, informa respecto a las embarcaciones; DON

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