Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2011 (27/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 115-2011-MTC/03

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de febrero de 2011

MORDAZA, 28 de enero de 2011 VISTO, el Escrito de Registro Nº 083453, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2851-2009MTC/28, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 02-2009-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de La Libertad; Que, con respecto a la MORDAZA de los sobres 1, 2, este se llevo a cabo del 8 al 10 de febrero de 2010, y los sobres 3 y 4 se realizo mediante un Acto Publico Unico el dia 19 de marzo de 2010 respectivamente, como indica en el cronograma para la realizacion del presente Concurso Publico para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa, en Frecuencia Modulada en la localidad de MORDAZA, en el departamento de la MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 098-2004-MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 070-2006-MTC/03 y Nº 421-2007MTC/03 y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, para la localidad de MORDAZA establece 500 W. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D3 (consideradas de Baja Potencia); Que, en virtud a lo indicado, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encuentra obligado a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, mediante Informe Nº 5527-2010-MTC/28, la Direccion General deAutorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2009-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 02-2009-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial

Nº 098-2004-MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 070-2006-MTC/03 y Nº 421-2007MTC/03 y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudio Coordenadas Geograficas Planta Transmisora Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : Av. MORDAZA Nº 251, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. : Longitud Oeste : 78° 45' 21.15'' Latitud Sur : 08° 24' 56.36'' : Km. 2.5 Carretera a MORDAZA ­ Parcela 02695, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. : Longitud Oeste : 78° 45' 21.74'' Latitud Sur : 08° 25' 04.32'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m : OBN-2B : 256KF8E : 250 W. : PRIMARIA D3 ­ BAJA POTENCIA : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 95.7 MHz : EDUCATIVA

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. En virtud a lo indicado en el numeral 26 de las Bases del Concurso Publico Nº 02-2009-MTC/28, el titular de la autorizacion del servicio de radiodifusion con finalidad educativa, no podra modificarla, ni cualquier condicion u obligacion relacionada con la misma, durante la vigencia de la autorizacion, caso contrario esta quedara sin efecto. Articulo 2º.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorizacion y la estacion radiodifusora se encuentre dentro de las Superficies Limitadoras de Obstaculos o su operacion genere interferencias a los sistemas de radionavegacion, el titular debera obtener el permiso respectivo de la Direccion General de Aeronautica Civil o reubicar la estacion, asi como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, la estacion radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el titular debera obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Articulo 3º.- La autorizacion que se otorga se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorizacion, debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican:

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