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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2011 (04/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de julio de 2011 445793 anterior, facultándose al Presidente del Gobierno Regional del Callao, Dr. Félix Moreno Caballero para que a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao, efectúe el saneamiento físico legal de las áreas de los terrenos de los Proyectos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec. Que, por Acuerdo Regional Nº 000083-2011 del 20 de junio del 2011, en virtud del Dictamen Nº 000027- 2011-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración, se aprueba dejar sin efecto el Acuerdo Regional 000004- 2011 de fecha 11 de enero del 2011; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000002-2011 DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Ordenanza Regional Nº 000002-2011 del 11 de enero del 2011 del Gobierno Regional del Callao Artículo 2º.- Encargar de conformidad con la Normatividad Vigente, a la Gerencia de Administración y la Ofi cina de Gestión Patrimonial del Gobierno Regional del Callao, efectúe el Saneamiento Físico Legal de las Áreas de los Terrenos de los Proyectos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y al Portal del Ministerio de Justicia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 660304-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban Ordenanza de beneficio por Fiestas Patrias y Fiestas Navideñas del Ejercicio Fiscal 2011, para los contribuyentes que realizan pagos puntuales de sus tributos en la Municipalidad del Rímac ORDENANZA Nº 258 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL RÍMAC Visto en sesión ordinaria de Concejo de fecha 22 de junio de 2011, el Informe Nº 202-2011-SGATR-CR-MDR del 20.06.2011 del Subgerente de Administración Tributaria y Recaudación, el Memorándum Nº 274-2011-GR-MDR del 21.06.2011 del Gerente de Rentas, el Informe Nº 467- 2011-GAJ-MDR del 21.06.2011 del Gerente de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº 007-2011-CARyC/MDR del 21.06.2011 de la Comisión de Administración, Rentas y Comercialización, con el voto de la mayoría de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO POR FIESTAS PATRIAS Y FIESTAS NAVIDEÑAS DEL EJERCICIO FISCAL 2011, PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE REALIZAN PAGOS PUNTUALES DE SUS TRIBUTOS EN LA MUNICIPALIDAD DE RÍMAC. Artículo 1º.- Objetivo La presente ordenanza tiene como objetivo incentivar la cultura de pago de los contribuyentes, vecinos del distrito del Rímac, promoviendo y estimulando el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, con sorteos que premien la puntualidad en el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, durante los meses de Julio y Diciembre del Ejercicio Fiscal 2011. Artículo 2º.- Alcance El presente benefi cio tiene alcance a todos los contribuyentes que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de los Ejercicios Económicos No prescritos, así como del Ejercicio Fiscal Vigente. Artículo 3º.- Sujetos comprendidos Podrán acogerse al presente benefi cio, las personas naturales y jurídicas que tengan calidad de contribuyentes de la Municipalidad Distrital del Rímac, y que se encuentren al día en sus obligaciones por concepto del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, de los Ejercicios, así como del Ejercicio Fiscal Vigente. Artículo 4º.- Vigencia y periodicidad del Benefi cio La presente Ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación hasta el 22 de diciembre de 2011. Artículo 5º.- Forma de Pago La forma de cancelación será al contado. Dicho acogimiento implica el cumplimiento del pago voluntario del total de la deuda tributaria que se mantenga en la cuenta corriente que administra la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Recaudación, o las deudas tributarias provenientes de las liquidaciones generadas por diferencias de acotación, que administra la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria. Artículo 6º.- Del reconocimiento de la deuda Queda entendido que los contribuyentes que se acojan al benefi cio reconocen expresamente las obligaciones pendientes por cumplir, por lo que no podrán presentar futuras reclamaciones respecto a las deudas incluidas en el benefi cio. Artículo 7º.- De los recursos de reclamación o apelación en trámite Aquellos contribuyentes que hayan iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante la Municipalidad Distrital del Rímac, u otras instancias administrativas o judiciales; deberán desistirse por escrito, del procedimiento de reclamación, o apelación presentando una copia autenticada del trámite iniciado en otras instancias administrativas o judiciales. Artículo 8º.- De los incentivos (sorteo), destinado a los contribuyentes puntuales El programa de incentivos (sorteo), se fi nanciará con la recaudación obtenida durante la vigencia del Benefi cio, con la recaudación del Impuesto Predial que conforma la cartera de cobranza de años anteriores, importe que no excederá del 8% del total existente en cuenta corriente. La Subgerencia de Tesorería informará a la Gerencia de Administración y Finanzas, el monto recaudado que será destinado a dicho programa de incentivos. Artículo 9º.- De los participantes del sorteo Participarán en este sorteo todos los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus tributos (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) a la fecha de la publicación de la Ordenanza.