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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2011 (04/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de julio de 2011 445795 rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas, establece que a iniciativa de la Municipalidad, se podrán organizar Comités Multisectoriales de prevención del consumo de Drogas, con la participación de la Sociedad Civil; Que, mediante Ley Nº 27629 que modifi ca el D.L. Nº 824 y el D.S. Nº 032-2002-PCM, crea y reglamenta, respectivamente, la organización de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, organismo público descentralizado del Sector de Presidencia del Consejo de Ministros, precisando que tiene como misión principal, coordinar, promover, planifi car, monitorear, evaluar los programas y actividades contenidas en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas - ENLCD 2007-2011; Que, a mediados del año 2009 se realizó el taller de diagnóstico participativo sobre la problemática de drogas en el Distrito de San Juan de Mirafl ores, con la participación de funcionarios de la Municipalidad Representantes de la UGEL 01, Red de Salud SJM-VMT; Comisarios de la PNP, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) Coaliciones Comunitarias Directores y alumnos de Instituciones Educativas, delegadas de Comedores y Vaso de Leche, Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, Comités Pro parques, dirigentes territoriales y representantes de las CDZ y CCL. Que, en el año 2010 con el acompañamiento de un Comité de Redacción Multisectorial se logro terminar la versión preliminar del Plan Municipal Sobre Drogas el cual fue remitido a más de 30 representantes de Instituciones publicas y organizaciones sociales del Distrito para recoger aportes entre todos los sectores involucrados, la cual estuvo bajo la asistencia técnica de la ONG CRESER, formándose comisiones para su implementación y conclusión, constituyendo este documento el instrumento para generar cambios que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos Sanjuaninos. Que, en ese contexto y al amparo del marco legal nacional vigente se hace necesario establecer los mecanismos de lucha contra las drogas abordándola desde su complejidad y multidimensionalidad, así como lograr que los programas del Estado así como los Planes Locales, puedan tener sostenibilidad y permanencia, en tal sentido es necesario y fundamental la participación activa de la sociedad civil. Que, mediante el Informe 049-2011-GDS/GM/ MDSJM de fecha 20 de junio de 2011 la Gerencia de Desarrollo Social cumplió con realizar las modifi caciones correspondientes según lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica presentando el Proyecto de Ordenanza que crea el Comité Multisectorial de Lucha Contra las Drogas y Aprueba el Plan Municipal sobre Drogas en el Distrito de San Juan de Mirafl ores. Que, mediante el Informe Nº 261-2011-GAJ-MDSJM de fecha 21 de junio de 2011 la Gerencia de Asesoría Jurídica manifestó que el Proyecto de Ordenanza que crea el Comité Multisectorial de Lucha Contra las Drogas y Aprueba el Plan Municipal sobre Drogas en el Distrito de San Juan de Mirafl ores es procedente. Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 84º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica Municipalidades, el Concejo aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa el trámite de aprobación del acta. ORDENANZA QUE CREA EL COMITE MULTISECTORIAL DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS Y APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL SOBRE DROGAS EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Primero.- Créase en el Distrito de San Juan de Mirafl ores, el Comité Multisectorial de Lucha contra las Drogas, ( COMUL) cuya misión principal es coordinar, promover, planifi car, monitorear, evaluar los planes, programas, y actividades de lucha contra las drogas, cuyo objetivo general es contribuir en la prevención y reducción de la incidencia del consumo de drogas, el incremento de la micro comercialización y controlar la tendencia a la disminución de la edad de inicio en el uso de droga. Artículo Segundo.- El Comité Multisectorial estará integrado por los representantes de las siguientes Instituciones: El Alcalde Distrital quien lo Presidirá. • Un/a representante de la Red de Salud -SJM-VMT. • Un/a representante de UGEL No 01. • Un/a representante de la Policía Nacional del Perú. • Un/a representante de Comité Distrital de Seguridad Ciudadana • Un/a representante de Ministerio Público. • Un/a representante de Consorcio de Coaliciones Comunitarias Antidrogas SJM. • Un/a representante de Junta vecinal de Seguridad Ciudadana. • Un/a representante de la Gobernación • Un/a representante de la Iglesia. • Un/a representante del Módulo Básico de Justicia. • Un/a representante de las APAFAS Distrital. Artículo Tercero.- Aprobar el Plan Municipal Sobre Drogas en el Distrito de San Juan de Mirafl ores Instrumento que establece las líneas de acción, los principios generales y específi cos de actuación que debe ser el marco rector en los programas destinados a afrontar el fenómeno de las drogas. Artículo Cuarto.- Confórmese el Comité de Implementación y Ejecución del Plan Municipal Sobre Drogas, órgano que depende del COMUL, el cual estará encargado de su ejecución seguimiento y evaluación, el cual estará conformado por las siguientes personas: 1. Gerente de Desarrollo Social. 2. Gerente de Desarrollo Económico Local. 3. Gerente de Planifi cación. 4. Representante de UGEL 01. 5. Representante la Red de Salud SJM-VMT. 6. Representante de la Sociedad Civil. 7. Representante de Consorcio de Coaliciones Comunitarias Antidrogas SJM. Artículo Quinto.-Confórmese el Comité de Vigilancia del Plan Municipal Sobre Drogas, órgano dependiente del COMUL, el cual estará encargado de vigilar el cumplimiento de las actividades del Plan en cada zona del Distrito, dicho comité estará conformado por representantes de la sociedad civil organizada siendo los siguientes: 1. Un Representante del Coalición Comunitaria Antidrogas de cada zona del Distrito. 2. Un Representante de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana (Coordinadores Zonales) Artículo Sexto.- Las responsabilidades en la ejecución del Plan Municipal Sobre Drogas en el Distrito de San Juan de Mirafl ores por el Comité de Implementación y Ejecución; a partir de los ejes preventivos, de control de riesgo y tratamiento recaen en los siguientes órganos: • Eje de Prevención y de Tratamiento: Gerencia de Desarrollo Social • Eje de Control de Riesgo: Gerencia de Desarrollo Económico Local • Eje Comunicacional: Gerencia de Desarrollo Social, un representante de la UGEL 01, y un representante de la Red de Salud-SJM-VMT. Artículo Séptimo.- Autorizar al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente la presente ordenanza. Artículo Octavo.- Encargar la implementación de esta norma a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social. Artículo Noveno.- Encargar a la Gerencia de Informática y Estadística la publicación del Plan Municipal Sobre Drogas 2011-2014 en la Página Institucional de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, www.munisjm. gob.pe y la difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Imagen Institucional. Artículo Décimo.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Undécimo.- Esta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 660333-2