TEXTO PAGINA: 91
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de julio de 2011 447063 conexiones domiciliarias de agua, desagüe, energía eléctrica o gas en áreas de dominio público” precisando como corresponde, los requisitos para tal efecto y el derecho administrativo correspondiente; Que, el numeral 38.5º del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444 señala que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos o el incremento de derechos de tramitación o requisitos se podrá realizar mediante Decreto de Alcaldía; Que, conforme se aprecia de los hechos indicados, corresponde efectuarse la modifi cación correspondiente, eliminando del procedimiento N° 89 del TUPA, la autorización para la instalación de conexiones domiciliarias de gas en áreas de dominio público, ello con el objeto de adecuarnos estrictamente a lo dispuesto por la Ley N° 29706; Que, no obstante lo expuesto, la Ley N° 29706 señala expresamente que el concesionario de distribución de gas natural debe comunicar al gobierno local la realización de obras para la conexión domiciliaria de gas natural, con una anticipación no menor a cinco (05) días hábiles de la fecha prevista para la realización de las obras. Asimismo, establece la obligación del concesionario de efectuar la reparación de los daños causados en la vía pública por los trabajos de conexión, dentro del plazo otorgado por la Municipalidad; En uso de las facultades conferidas por el artículo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444, la Ley de facilitación de conexiones domiciliarias del servicio público de distribución de gas natural N° 29706 y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- ELIMINAR del Procedimiento N° 089 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad, aprobado por la Ordenanza N° 103-MDSL, denominado “Autorización para la instalación de conexiones domiciliarias de agua, desagüe, energía eléctrica o gas en áreas de dominio público” la Autorización para la instalación de conexiones domiciliarias de gas; quedando redactado de la siguiente manera: Procedimiento N° 089: * “Autorización para la instalación de conexiones domiciliarias de agua, desagüe y energía eléctrica en áreas de dominio público” Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Sub Gerencia de Obras Públicas y Tránsito y la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano”; y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad de San Luis (http://www.munisanluis.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (http://www. serviciosalciudadano.gob.pe), conforme a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 004-2008-PCM. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 668577-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban subdivisión de lote matriz ubicado en la Urbanización Miramar RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 090-2011-GDU/MDSM LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL San Miguel, VISTO, el Expediente N°05071-2010 promovido por el Sr. José Arcadio PERAMAS MILLONES quién solicita la SUBDIVISION del predio denominado sublote E2, con área de terreno de 2,440.00 m2, con frentes a la Calle San Martín de Porres (ex. Ca. 26) y la Av. Costanera (ex. Av De Miramar, Av.Militar), de la Urbanización Miramar, jurisdicción del Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, como antecedente se tiene la Resolución de Gerencia Nº 1322-2009-GDU/MDSM, de fecha 11 de Diciembre de 2009, seguido por el Administrado Raúl Enrique ZEGARRA SALAS con expediente Nº 03787- 2009, en el que se resolvió aprobar la subdivisión del Lote 50, sublote E, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11772679 con un área de terreno de 3,162.00 m2, y que en campo presenta un área de terreno de 2,870.00, en dos sublotes: sublote E1 con 430.00 m2 y sublote E2 con 2,440.00 m2. Que, el inmueble inscrito en la Partida Electrónica Nº 11772679 Lote 50, Sub lote E, se registra con un área de terreno de 3,162.00 m2, sin embargo en campo presenta un área de terreno de 2,870.00 m2. dicho terreno comprende los siguientes inmuebles: Av. La Paz Nº 2560, Av. La Paz Nº 2570, Av. La Paz Nº 2590, Calle San Martín de Porres Nº 120 y Calle San Martín de Porres Nº 128. Que, los predios con dirección: Av. Costanera Nº 2570 y Av. Costanera Nº 2590, fi guran declarados en la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de San Miguel con área de terreno de 400.00 m2 cada uno, y el predio con dirección Av. Costanera Nº 2560, no declarado en la Gerencia de Rentas, presenta según información catastral área de terreno de 400.00 m2. El predio con dirección Ca. San Martín de Porres Nº 128, fi gura declarado con área de terreno de 1,230.00 m2, y el inmueble con dirección Calle San Martín de Porres Nº 120 fi gura declarado con área de terreno de 430.00 m2 . En conjunto se tiene declarado en Rentas un terreno de 2,460.00 m2, más 401.80 m2 no declarado en Rentas, nos dá un total de terreno de 2,861.00 m2. Dicha área comparada con el área de 2,870.00 m2 se tiene que existe un porcentaje de diferencia de 0.31%, encontrándose comprendida dentro de la tolerancia catastral, por lo que se consideró para el trámite de subdivisión seguido por el Sr. Raúl Enrique ZEGARRA SALAS el área de terreno de 2,870.00 m2, con los sublotes: E1 con 430.00 m2 y E2 con 2,440.00m2. Que, el Administrado José Arcadio PERAMAS MILLONES, identifi cado con DNI Nº 08733951 acredita ser propietario de un terreno de 1,230.00 m2, el mismo que forma parte de un lote Matriz denominado SUB LOTE E2, de la Urbanización Miramar, con área de terreno de 2,440.00 m2; para lo cual presenta copia simple de otorgamiento de Escritura Pública, de fecha 29 de Agosto de 2006, que otorga el 55ºJuzgado especializado en lo Civil de Lima, representado por José Luis SILVESTRE CORTEZ, a favor de José Arcadio PERAMAS MILLONES. Que, cumple con presentar Certifi cado de Zonifi cación y Vias Nº 006-2010-SGFUC-GDU/MDSM de fecha 29 de Marzo de 2010, de la Calle San Martín de Porres con una sección vial de 10.80 ml. Asimismo Certifi cado de Zonifi cación y Vias Nº 324-2011-MML-GDU-SPHU de fecha 28 de Marzo de 2011, de la Av. Costanera,