Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2011 (22/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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para la transferencia e integracion de las Oficinas del Registro del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC; Que con Resolucion Jefatural Nº 821-2010/ JNAC/RENIEC (21SET2010) se revoco a partir del 27 de Setiembre del 2010, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que mediante documento de vistos, la Sub Gerencia de Integracion de Registro Civiles, en su calidad de organo encargado del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros de Estado Civil, conforme lo establece el articulo 95° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, propone la revocatoria total de las facultades registrales y la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de MORDAZA, propuesta que cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; Que, conforme se aprecia del Informe de visto, la Gerencia de Operaciones Registrales recomienda que se apruebe la revocatoria de facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q), asi como la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria total de funciones registrales y la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; se debera transferir tambien la informacion sistematizada en formato electronico (datos e imagenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes; Que la presente resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 855-2010JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de MORDAZA, al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la misma que incluye su acervo documentario e informacion sistematizada en formato electronico, si lo tuviera; la cual se MORDAZA efectiva el dia viernes 22 de MORDAZA del 2011, fecha en la cual tambien se REVOCAN las facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del articulo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, para el traslado del acervo documentario al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497 y el articulo precedente. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoria

Juridica la implementacion de lo dispuesto por la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 668674-1 RESOLUCION JEFATURAL Nº 358 -2011-JNAC/RENIEC MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Oficio N° 000805-2011/GPRC/RENIEC (27JUN2011) emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Oficio Nº 002522-2011/GPRC/SGIRC/ RENIEC (23JUN2011), emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, el Oficio Nº 0013922011/GOR/JR4IQU/RENIEC (22JUN2011), emitido por la Jefatura Regional de Iquitos y el Informe N° 000113-2011/ GOR/RENIEC (12JUL2011), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles (hoy Oficinas de Registros del Estado Civil) que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor, Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del Articulo 44° de la Ley N° 26497; Que la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas del Registro del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC; Que con Resolucion Jefatural Nº 820-2010/ JNAC/RENIEC (21SET2010) se revoco a partir del 27 de Setiembre del 2010, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que mediante documento de vistos, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, en su calidad de organo encargado del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros de Estado Civil, conforme lo establece el articulo 95° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, propone la revocatoria total de las facultades registrales y la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de MORDAZA, propuesta que cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; Que, conforme se aprecia del Informe de visto, la Gerencia de Operaciones Registrales recomienda que se apruebe la revocatoria de facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q), asi como la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria total de funciones registrales y la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; se debera transferir tambien

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