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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de julio de 2011 447066 meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución; las obras de Habilitación Urbana Obra Nueva del terreno de 13,395.36 m2, teniendo en cuenta las características del Plano Nº 03C-2011-HU- SGFUC-GDU/MDSM y las especifi caciones técnicas detalladas: CUADRO DE AREAS: Area Bruta : 13,395.36 m2 Area de afectación vial Metropolitana : 4,460.09 m2 Area sujeta a Aportes : 13,395.36 m2 Area Util (lote único) : 8,935.27 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS: Reg. Ord. Nº 836/MML Proyecto Défi cit (redimible en dinero) Parques Zonales (SERPAR) 5% 446.76 m2 0.00 m2 5% 446.76 m2 Renovación Urbana (FOMUR) 3% 268.06 m2 0.00 m2 3% 268.06 m2 Servicios Púb. Complementarios 2% 178.71 m2 0.00 m2 2% 178.71 m2 AFECTACION DEL SUBLOTE A, DE LA MZ-B, URB. MARANGA VII ETP. (Ensanche de la sección vial de la Calle El Parque a 12.00 ml.) Area Bruta : 1,520.08 m2 Area afectada para via : 288.76 m2 Area Util : 1,231.32 m2. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: De acuerdo a la Carta Nº 463-2011-EOMR de SEDAPAL de fecha 22 de Febrero de 2011 el inmueble submateria cuenta con una instalación de agua de 2” y el servicio de desagüe conectado a la red pública, sin embargo para una Obra Nueva deberá coordinar con dicha Institución, para adecuar y/o implementar las redes de agua potable y alcantarillado mediante solicitud de factibilidad de servicio. ENERGIA ELECTRICA: De acuerdo a la Carta de EDELNOR Nº 946240 de fecha 22FEBRERO2011, comunica la factibilidad del servicio de energía eléctrica, que el inmueble submateria cuenta con suministro de energia eléctrica Nº 0140937 y que la zona cuenta con redes de distribución primaria, secundaria y alumbrado público. Para una Obra Nueva deberá coordinar con dicha Institución, para adecuar y/o implementar las redes de electricidad mediante solicitud de factibilidad de servicio. Asimismo deberá cumplir con otorgar un espacio físico (área útil) de dimensiones : 3.0 x 3.5 mts. con aires libres y acceso a la vía pública, el mismo que servirá para instalar una subestación de distribución de tipo compacta pedestal, de conformidad con el art. 95º de la Ley de Consesiones Eléctricas Ley Nº 25844, que señala : “En todo proyecto de Habilitación de Tierra o en la construcción de edifi caciones, deberá reservarse las áreas sufi cientes para instalación de las respectivas subestaciones de distribución”. COMUNICACIONES: Las redes e instalaciones de comunicaciones deberán de cumplirse acorde con el reglamento nacional de edifi caciones, Norma EC-040: art. 2 ALCANCE, Inc.1 que dice: “Diseño y construcción de los sistemas de ductos, conductos, y/o canalizaciones subterráneas que permitan la instalación de las líneas de acometida desde los terminales de distribución hasta el domicilio del abonado.” PAVIMENTACION DE PISTAS (Calzadas): La Av. De la Marina califi cada como via de carácter Expresa con una sección vial propuesta B-B de 49.80 ml, la Av. Rafael Escardó Aguirre califi cada como Vía Colectora con una sección vial propuesta de 28.00 ml, corresponde realizar la pavimentación de las pistas secundarias, teniendo en cuenta el siguiente detalle: Subrasantes.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.10 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95 % de la densidad proctor modifi cado de laboratorio para un índice C.B.R., mínimo de 20º, las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máxima de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior deberá colocarse una capa de base afi rmada de 0.15 m. de espesor compactado que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetros máximos de 1 ½ “), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas . La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad proctor modifi cado de laboratorio para un índice de C.B.R , de 80º. Carpeta asfáltica.- Posterior a la capa anterior se colocará una carpeta asfáltica de mezcla en caliente de 0.05 m. PAVIMENTACION DE VEREDAS (Aceras).- Deberá ser de concreto simple de 0.10 m. de espesor con una resistencia a la compresión axial de fc=140 Kg/cm2, correspondiente a una proporción de mezcla cemento: arena gruesa:piedra chancada1.2:4, construidos sobre un terraplén compactado constituido con material limpio de buena calidad y que no contenga restos orgánicos. El acabado fi nal debe ser con polvo de cemento, pulido, con bruñas y considerando juntas de dilatación y/o de construcción cada 6.00 mts., con un desnivel respecto a las vías de 0.20 mts. SARDINELES: En el extremo libre de la vereda, en donde se requiera, se construirá en forma homogénea y monolítica, un sardinel de concreto fc=140 Kg./cm2, con acabado semejante a la vereda y de 0.15 mtsx0.20 mts. RAMPAS: De acuerdo a las normas técnicas de adecuación para personas con discapacidad, deberá acondicionarse en ambos sentidos de las vías, rampas de concreto fc=140Kg/cm2, de 1.00 mts. de ancho y 1.50 mts. de largo, con acabado semejante a la vereda con bruñas horizontales de tal manera que permita el acceso desde el nivel de la calzada. ACONDICIONAMIENTO DE AREA DE ESTACIONAMIENTO: La zona de estacionamiento (Berma), deberá acondicionarse con tierra compactada sobre una cama de arena fi na que permita la colocación de bloques de concreto vibrado. Artículo Tercero.- ACEPTAR la redención en dinero correspondiente a los défi cits de aportes reglamentarios, por tratarse de una Habilitación Urbana Obra Nueva, como Lote Unico, deducidos sobre el Area Bruta del terreno de acuerdo a la Ordenanza Nº 836/MML, correspondiendo un 10% de aportes: 5% para Parques Zonales (SERPAR): 446.76 m2, 3% para Renovación Urbana (FOMUR): 268.06 m2 y 2% para Servicios Públicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL):178.71 m2; los mismos que se encuentran cancelados mediante recibo Nº 0074004 de fecha 13 de Enero de 2011 por la suma de $357,408 y 00/100 dólares americanos, recibo Nº 001034 de fecha 13 de Enero de 2011 por la suma de $268,000 y 00/100 dólares americanos, y recibo de pago Nº 65374- 2009 de fecha 08 de Setiembre de 2009 por la suma de S/.29,451.41 Nuevos Soles respectivamente. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir de su notifi cación, la cual estará a cargo del Administrado. Artículo Quinto- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP para los efectos de la inscripción del Planemiento Integral y la Habilitación Urbana Obra Nueva de Lote Unico, a SERPAR-LIMA, a FOMUR , para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro, incorporar la presente Resolución en el Plano Urbano del Distrito; a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Subgerencia de Obras