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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de julio de 2011 447064 clasifi cada como via arterial con una sección vial de 20.00 ml. (tramo Sta. Rosa- Echenique). Que, conforme a la Ordenanza Nº 1508/MML, publicada en el Diario El Peruano el 19 de Marzo de 2011, que aprueba las secciones viales de la Av.Costanera, clasifi cada como via arterial, correspondiente al Distrito de San Miguel, se tiene para el tramo :Ca. Sta.Rosa, Jr. Echenique, Ca. 16, Jr. Francisco Antonio de Zela y Jr.Cmdte. Ladislao Espinar con una sección vial de 20.00 ml. Que, del Informe Nº 265-2011-SGFUC-GDU/ MDSM de fecha 23 de Junio de 2011 elaborado por la Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro, se informa que el Administrado ha cumplido con presentar la documentación especifi cada en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, asimismo los sublotes propuestos cumplen con las normas técnicas de acuerdo a la zonifi cación vigente (RDM) Residencial de densidad media y Residencial de densidad alta (RDA) – Area de Tratamiento Normativo II, en zona de riesgo geotécnico sujeta a estudios. Que, por los aportes a Parques Zonales, ha cumplido con presentar copia de la Resolución de Gerencia Administrativa Nº 1620-2010, de fecha 16 de Noviembre de 2010 y copia de recibo de pago Nº 0073239 de fecha 29 de Noviembre de 2010, por un monto de S/. 5,799.11 Nuevos Soles. Que, conforme a las atribuciones determinadas en el Reglamento Nacional de Edifi caciones, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 , Ley Nº 29090 Ley de regulación de habilitaciones urbanas y edificaciones, Ley Nº 29476 Ley que modifica y complementa la Ley Nº 29090, Ordenanza Nº 1098-MML, Ordenanza Nº 341/MML, Ordenanza Nº 1508/MML, Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 003-2010, Directiva Nº 01-2008/SNCP/CNC y demás normas vigentes sobre la materia. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la subdivisión del lote Matriz denominado SUB LOTE E2, de la Urbanización Miramar, con área de terreno de 2,440.00 m2, ubicado con frentes a la Calle San Martín de Porres (ex. Ca. 26) y la Av. Costanera (ex.Av. De Miramar, Av. Militar), de la Urbanización Miramar, jurisdicción del Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, con zonifi cación (RDM) Residencial de densidad media y Residencial de densidad alta (RDA) – Area de Tratamiento Normativo II, en zona de riesgo geotécnico sujeta a estudios, terreno que registralmente forma parte de un terreno mayor de 3,162.00 m2, inscrito en la Partida Electrónica Nº 41118504 como Lote 50 Sub lote E y que de la verifi cación de las medidas perimétricas en campo presenta un área de terreno de 2,870.00 m2. Que, dicho terreno de 2,870.00 m2 fue subdividido en dos sublotes: sublote E1 con 430.00 m2 y sublote E2 con 2,440.00 m2. mediante Resolución de Gerencia Nº 1322- 2009-GDU/MDSM, de fecha 11 de Diciembre de 2009, seguido por el Administrado Raúl Enrique ZEGARRA SALAS con expediente Nº 03787-2009. Que, a su vez el Sub lote E2 con 2,440.00 m2, se resuelve subdividir en dos sublotes: sublote E2-1 con área de terreno de 1,230.00m2 y sublote E2-2 con área de terreno de 1,210.00 m2 conforme al Plano propuesta de subdivisión: PLANO P-02 en el que se detalla las áreas, linderos y medidas perimétricas siguientes: LOTE 50, SUB LOTE E, INSCRITO EN LA P.E. Nº 41118504: MEDIDAS SEGÚN VERIFICACION EN CAMPO: (Polígono ABCD) Linderos y medidas perimétricas: • Por el frente con la Av. Costanera (Ex. Av. De Miramar, ex. Av. Militar) con una línea recta de 41.00 ml.(tramo A- D) • Por el lado derecho entrando con propiedad de terceros con una línea recta de 70.00 ml.(tramo D-C) • Por el lado izquierdo entrando con la Calle San Martín de Porres (ex. Calle 26), con línea recta de 70.00 ml. (tramo A-B) • Por el fondo con propiedad de terceros, con una línea recta de 41.00 ml.(tramo B-C). Area: 2,870.00 m2 Perímetro: 222.00 ml SUB LOTE E-2 : Lote Matriz materia de subdivisión (Polígono D’C’B’BCD) Linderos y medidas perimétricas: • Por el frente con la Av. Costanera (Ex. Av. De Miramar, ex. Av. Militar) con una línea recta de 30.25 ml. (tramo D’-D) • Por el lado derecho entrando con propiedad de terceros, con una línea recta de 70.00 ml.(tramo D-C) • Por el lado izquierdo entrando limita con el sublote E- 1, con línea quebrada de 40.00 ml (tramo D’C’) y 10.75 ml (tramo C’B’) y con la Calle San Martín de Porres (ex. Calle 26), con una línea recta de 30.00 ml.(tramo B’-B) • Por el fondo con propiedad de terceros, con una línea recta de 41.00 ml.(tramo B-C) Area: 2,440.00 m2 Perímetro: 222.00 ml SUB LOTES PROPUESTOS: SUB LOTE E2-1: Polígono B’BCE Linderos y medidas perimétricas: • Por el frente con la Calle San Martín de Porres (ex. Calle 26), con una línea recta de 30.00 ml.(tramo B’-B). • Por el lado derecho entrando colinda con el sub lote E1, propiedad de terceros con línea recta de 10.75 ml (tramo B’C’) y con el sub lote propuesto E2-2, propiedad de terceros con línea recta de 30.25 ml (tramo C’E). • Por el lado izquierdo entrando colinda con el sub lote D, propiedad de terceros con línea recta de 41.00 ml (tramo B-C). • Por el fondo colinda con el lote 49, propiedad de terceros con línea recta de 30.00 ml. Area: 1,230.00 m2 Perímetro: 142.00 ml SUB LOTE E2-2: Polígono D’C’ED Linderos y medidas perimétricas: • Por el frente con la Av. Costanera (Ex. Av. De Miramar, ex. Av. Militar) con una línea recta de 30.25 ml.(tramo D’- D). • Por el lado derecho entrando limita con el lote 49 propiedad de terceros con línea recta de 40.00 ml (tramo D-E). • Por el lado izquierdo entrando limita con el sub lote E1, con línea recta de 40.00 ml (tramo D’-C’). • Por el fondo limita con el sublote propuesto E2-1, con línea recta de 30.25 ml (tramo C’-E). Area: 1,210.00 m2 Perímetro: 140.50 ml Artículo Segundo.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, que correrá a cargo del Administrado, el mismo que deberá efectuarse dentro de los 30 dias, contados a partir de su notifi cación. Artículo Tercero.- TRANSCRIBASE, la presente Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de Lima (SERPAR), para la revisión del aporte que corresponda, asimismo a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima – Zonal IX (SUNARP), para la inscripción Inmobiliaria correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, a la Gerencia de Desarrollo