Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se establecio la obligacion de las entidades del Sector Publico de contar con un Libro de Reclamaciones, precisando que dicha disposicion alcanza a las entidades publicas comprendidas en los numerales 1) al 7) del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General ­ entre las que se encuentran los gobiernos locales; Que, el articulo 3º del citado Decreto Supremo establece, entre otras caracteristicas, que el Libro de Reclamaciones es aquel en el que los usuarios podran formular sus reclamos, debiendo consignar informacion relativa a su identidad, a fin de que obtengan la respuesta correspondiente. Asimismo, la indicada MORDAZA senala que el Libro de Reclamaciones en el Sector Publico es un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que se les brinda; Que, el articulo 5º del Decreto Supremo MORDAZA indicado dispone que mediante Resolucion del titular de la entidad se designara al responsable del Libro de Reclamaciones, precisando que las entidades publicas deben informar a sus respectivos Organos de Control Institucional sobre el cumplimiento de dicho Decreto Supremo; Que, en merito a las disposiciones glosadas se precisa que mediante Ordenanza Nº 124-2011/MLV publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 9 de febrero de 2011, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad de La MORDAZA, estableciendo en sus articulos 64º y 66º numeral 7) que la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica es el organo encargado de la orientacion y atencion al publico en general, asi como de proponer normas y procedimientos que mejoren las actividades de las subgerencias a su cargo orientadas a una atencion inmediata, oportuna y eficaz de los servicios que brinda la entidad; Estando a los fundamentos legales glosados y contando con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a las facultades conferidas en los articulos 6º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la implementacion del Libro de Reclamaciones en las sedes de la Municipalidad de La MORDAZA con el objetivo de que los usuarios de los procedimientos administrativos y servicios que se brindan en el corporativo puedan formular sus reclamos conforme lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0422011-PCM. Articulo Segundo.- Designar a la Gerente de Administracion Documentaria e Informatica, abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad de La MORDAZA, quien debera velar por su correcto uso e implementacion y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Articulo Tercero.- Notificar la presente Resolucion de Alcaldia al Organo de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad de La MORDAZA, asi como a las gerencias, subgerencias y funcionarios competentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica y a la Gerencia de Imagen Institucional la efectiva difusion de lo dispuesto en la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 648225-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 304-MSI que autoriza y regula la ubicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral en el distrito
ORDENANZA Nº 331-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Vistos, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 030-2011-ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas, Sistemas y Fiscalizacion y los Informes Nº 0603-2011-0400 de la Gerencia de Asesoria juridica y Nº 291-2011-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica; asimismo el Numeral 8) del Articulo 9º de la precitada MORDAZA senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, por Ordenanza Nº 304-MSI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de junio del ano 2010, se autorizo y MORDAZA la ubicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral en el distrito de San Isidro; Que, estando proxima la realizacion de las Elecciones Presidenciales 2011 ­ MORDAZA Vuelta Electoral, es necesario modificar el Articulo 6º de la Ordenanza Nº 304-MSI, el cual regula las prohibiciones (respecto a su ubicacion, contenido o difusion) para la colocacion o instalacion de la propaganda electoral, a efecto de mantener la tranquilidad, el ornato y la seguridad en el distrito; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º y Articulo 40º de Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha aprobado: MODIFICAR LA ORDENANZA 304-MSI QUE AUTORIZA Y REGULA LA UBICACION DE ANUNCIOS Y AVISOS PUBLICITARIOS SOBRE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- Modificar el Literal n) del Articulo 6º de la Ordenanza Nº 304-MSI, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 6º.- Prohibiciones (respecto a su ubicacion, contenido o difusion) Se encuentra prohibido colocar o instalar propaganda electoral: (...) n) MORDAZA pasacalle, globo aerostatico anclado, en bicicleta y triciclo. (...)."

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