Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Siendo sus funciones del Comite Directivo Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil-CDRPETI de la Region Moquegua: · Elaborar el Plan Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de la Region MORDAZA, que se aprobara mediante Resolucion Ejecutiva Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, debiendo ser publicado en el Diario de mayor circulacion regional y colgado en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Moquegua. · Asesorar en la seleccion de areas prioritaria para el desarrollo de actividades y apoyo del Programa Internacional de Erradicacion del Trabajo Infantil. · Velar por el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas por los programas de la Organizacion Internacional de Trabajo (OIT) en el area de trabajo infantil y otras funciones que resulten pertinentes para contribuir a la prevencion y erradicacion del trabajo infantil, de conformidad con los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Peruano y Politica del Gobierno Central. · Orientar las acciones para la eliminacion del trabajo infantil en sus peores formas y por debajo de la edad minima de catorce (14) anos. · Contribuir al cumplimiento de la normatividad Nacional e Internacional en el Area de Trabajo Infantil. · Fortalecer las acciones publicas y privadas en materia de erradicacion del trabajo infantil. Articulo Tercero.- El Comite Directivo Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil-CDRPETI de la Region MORDAZA, estara integrado por: 1. Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, o su representante que este designe. 2. Un representante de la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional-Moquegua. 3. Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, quien presidira la Secretaria Tecnica. 4. Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES). 5. Un representante de la Direccion Regional de Educacion Moquegua. 6. Un representante de la Direccion Regional de Salud Moquegua. 7. Un representante de la Direccion Regional Agraria Moquegua. 8. Un representante de la Direccion Regional de Energia y Minas Moquegua. 9. Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones Moquegua. 10. Un representante de la Direccion Regional de Vivienda Construccion y Saneamiento Moquegua. 11. Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo Moquegua. 12. Un representante de la Direccion Zonal de la Produccion Moquegua. 13. Un representante de las Municipalidades Provinciales de la Region. 14. Un representante de las Municipalidades Distritales de la Region. 15. Un representante de las Municipalidades del Centro Poblado Menor. 16. Un representante de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Moquegua. 17. Un representante del Ministerio Publico de Moquegua. 18. Un representante de la Policia Nacional del Peru. 19. Un representante de la Camara de Comercio de Moquegua. 20. Un representante de las Universidades de la Region Moquegua. 21. Un representante del Instituto Nacional de Estadistica MORDAZA (INEI). 22. Un representante de los Sindicatos de Trabajadores de la Region Moquegua. 23. Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales de la Localidad. 24. Un representante de la Gobernacion Regional de Moquegua.

25. Un representante del Colegio de Abogados de Moquegua. 26. Un representante del Colegio de Asistentes Sociales de Moquegua. 27. Un representante de la Mesa de Concertacion para la lucha contra la Pobreza. Articulo Cuarto.- La Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA, actuara como Secretaria Tecnica, del mencionado Comite y contara con el apoyo tecnico de expertos del Programa Internacional de la (OIT) y del Comite Directivo Nacional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CEPETI) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para cuyo efecto se debe establecer las condiciones necesarias. Articulo Quinto.- Las Instituciones Publicas citadas en el articulo tercero, designaran y acreditaran ante la Secretaria Tecnica del Comite Directivo Regional a sus representantes, un Titular y un alterno, en el termino de 10 dias habiles de efectuada la publicacion de la Ordenanza Regional que aprueba la creacion del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI)-Region Moquegua. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo - MORDAZA, la ejecucion de la Ordenanza Regional que aprueba la creacion del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI)-Region Moquegua. Articulo Septimo.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones y normas regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional Articulo Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Noveno.- REMITIR MORDAZA de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Gerencia General Regional, para su conocimiento y fines. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, para su promulgacion. MORDAZA, trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional MORDAZA POR TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del dos mil once. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 648376-1

Crean el Consejo Regional del Trabajo y Promocion del Empleo
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2011-CR/GRM 5 de MORDAZA del 2011 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 5 de MORDAZA del 2011, el sustento del Dictamen Nº 01-2011-CO-DECTPE/CRGRMQ, de la Comision Ordinaria de Desarrollo Economico del Consejo Regional de la Region MORDAZA a folios cuarentiocho (48); y, CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru reformado por la Ley Nº 27680

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