Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

Que, la MORDAZA G.040 -Definiciones- del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, define como habilitacion MORDAZA al MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras de accesibilidad, distribucion de agua y recoleccion de desague, distribucion de energia e iluminacion publica, pistas y veredas; definiendo a su vez al planeamiento integral como aquel MORDAZA que comprende la utilizacion del uso del suelo, la zonificacion y vias, de uno o varios predios rusticos cuyo objetivo es establecer las caracteristicas que deberan de tener los proyectos de habilitacion MORDAZA a realizarse en etapas sucesivas; Que, el articulo 2º del Reglamento Nacional de Edificaciones precitado establece que las habilitaciones urbanas deberan de intercomunicarse con el nucleo MORDAZA del que forman parte, a traves de una via formalmente recepcionada o de hecho. Precisandose que cuando se trate de habilitaciones urbanas que se hayan desarrollado colindantes a areas consolidadas que no esten formalmente habilitadas, debera de formularse un planeamiento integral en el que se demuestre su integracion al sistema vial previsto para la zona; Que, a su vez los articulos 39º y 40 de la MORDAZA acotada establecen que el planeamiento integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos, precisandose que las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan de tener en cuenta los planteamientos integrales vigentes y que una vez aprobado el planeamiento integral tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscritos obligatoriamente en los registros publicos; Que, de acuerdo a la normativa MORDAZA citada la Municipalidad Distrital de Chancay, dentro de su jurisdiccion tiene como funcion ordenar el espacio MORDAZA con el objetivo de reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de las actividades de su poblacion, en virtud de ello los suelos en el que se desarrollan dichas actividades urbanas deberan ser habilitados para que garanticen el optimo funcionamiento de sus edificaciones y espacios urbanos, debiendo para ello, en los casos en los que el area por habilitar se desarrolle en etapas o esta no colinde con zonas habilitadas o se plantee la parcelacion del predio MORDAZA se debera de aprobar las propuestas de Planeamiento Integral segun las necesidades del sector; Que, mediante la aprobacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas vigentes que regulan el diseno de vias locales en Habilitaciones y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo 1- Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y del Diseno de Vias; Que, mediante Informe Nº 859-2011-MDCH/DDUR de fecha 7 de MORDAZA del 2011 la Direccion de Desarrollo MORDAZA, en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector, manifiesta la necesidad de contar con un Planeamiento Integral con la finalidad que el mismo sirva para las gestiones que correspondan a la implementacion y/o ejecucion de proyectos de infraestructura MORDAZA (Pavimentacion de pistas y veredas, electrificacion, MORDAZA de contencion u otros), asi como para el ordenamiento de las actividades urbanas con fines de recreacion publica, parques y jardines en la superficie territorial de 51.3620 Has. comprendida entre los siguientes limites: POR EL NORTE.- Tramo 1-2, colinda con la UC Nº 02696, con 216.10 ML. en linea recta. POR EL SUR.- Tramo 12-14, colinda con U.C. Nº 02778, en linea quebrada de 02 tramos 213.43 ml. y 311.53 ml. que hace un total de 524.96 ml. POR EL ESTE.- Tramo 2-12, colinda con el Asentamiento Humano 28 de MORDAZA, en linea quebrada de 10 tramos de 59.88 ml., 70.49 ml., 26.73 ml., 87.57 ml., 101.57 ml., 196.60 ml., 87.97 ml., 48.32 ml. 199.98 ml y 261.14 ml., que hace un total de 1140.25 ml. POR EL OESTE.- Tramo 14-1, colinda con la Carretera Chancay ­ Huaral y parte del AA.HH. mediante linea quebrada de 12 tramos, de 300.97 ml. 139.00 ml., 307.53 ml., 51.87 ml., 47.46 ml., ml. 9.79 ml., 25.72 ml., 48.90 ml., 86.35 ml., 54.84 ml., 103.32 ml. y 26.59 ml. que hace un total de 1202.34 ml.

Por lo cual la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural opina que es procedente la aprobacion del proyecto presentado; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, contando con el MORDAZA de los senores regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se ha dado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL DISENO MORDAZA, LOS PARAMETROS NORMATIVOS EN TERMINOS DE ZONIFICACION USOS Y VIAS DEL SECTOR UBICADO EN EL KM. 02 DE LA CARRETERA CHANCAY-HUARAL, SECTOR BUENA VISTA, EL CUAL COMPRENDE UN AREA DE 513,620.00 M2 (51.3620HA.) Articulo Primero.- APROBAR con caracter de obligatorio el Planeamiento Integral de la superficie territorial comprendida de la siguiente manera: POR EL NORTE.- Tramo 1-2, colinda con la UC Nº 02696, con 216.10 ML. en linea recta. POR EL SUR.- Tramo 12-14, colinda con U.C. Nº 02778, en linea quebrada de 02 tramos 213.43 ml. y 311.53 ml. que hace un total de 524.96 ml. POR EL ESTE.- Tramo 2-12, Colinda con el Asentamiento Humano 28 de MORDAZA, en linea quebrada de 10 tramos de 59.88 ml., 70.49 ml., 26.73 ml., 87.57 ml., 101.57 ml., 196.60 ml., 87.97 ml., 48.32 ml. 199.98 ml y 261.14 ml., que hace un total de 1140.25 ml. POR EL OESTE.- Tramo 14-1, colinda con la Carretera Chancay ­ Huaral y parte del AA.HH. mediante linea quebrada de 12 tramos, de 300.97 ml.., 139.00 ml., 307.53ml., 51.87ml., 47.46 ml., 9.79 ml., 25.72 ml., 48.90 ml., 86.35 ml., 54.84 ml., 103.32 ml. y 26.59 ml. que hace un total de 1202.34 ml. Articulo Segundo.ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas, jardines y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones que considera la reserva de areas con fines de recreacion publica y otros usos; correspondiendole las normas establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA tal como la MORDAZA A-120 de Accesibilidad para personas con discapacidad, la MORDAZA GH-020 respecto de los Componentes del diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y 11); quedando las secciones de vias de acuerdo al plano Nº P-02 que forma parte del expediente tecnico que sustenta el Planeamiento integral. Articulo Tercero.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral que se aprueba mediante la presente ordenanza tendra una vigencia de 10 anos de acuerdo al articulo 39º de la MORDAZA GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobada por Decreto Supremo Nº 0112006-VIVIENDA. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural realice la inscripcion registral del presente Planeamiento Integral en los Registros Publicos. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural, para su conocimiento y fines. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 648161-1

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