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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de junio de 2011 443898 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano y Gerencia de Fiscalización el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil once. RAÚL CANTELLA SALAVERRY Alcalde 648182-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 118-MDSL que establece el Beneficio de Regularización de Edificaciones sin Licencia de Edificación y Habilitaciones Urbanas en el distrito DECRETO DE ALCALDIA N° 007 -2011-MDSL San Luis, 11 de mayo de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 118-MDSL de fecha 25MAR2011, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 11ABR2011, el Concejo Municipal estableció un Benefi cio de Regularización de Edifi caciones sin Licencia de Edifi cación y Habilitaciones Urbanas en el distrito; Que, el Artículo Sexto de la referida ordenanza, estableció como vigencia a treinta (30) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación; Que, la Primera Disposición Transitoria y Final de la norma acotada, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de dicha norma; Que, con el objeto de lograr una mejor difusión del benefi cio dispuesto, así como una mayor participación y acogimiento de dichas facilidades por parte de los vecinos del distrito, lo cual redundará en el bienestar propio de éstos, corresponde disponerse la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 118-MDSL; En uso de las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 118-MDSL y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 118-MDSL que establece el Benefi cio de Regularización de Edifi caciones sin Licencia de Edifi cación y Habilitaciones Urbanas en el distrito de San Luis, hasta el 30 de junio del 2011. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de las acciones que correspondan producto de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Sub Gerencia de Imagen y Participación Vecinal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 649239-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban el Reglamento de Organización, Funciones y Procedimientos de la Comisión de Condecoraciones de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2011/MDSMP San Martín de Porres, 19 de mayo del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 309-MDSMP (26. ABRIL.2011), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 12.MAYO.2011, se crea las condecoraciones y reconocimientos que otorgará la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres a las personas naturales y/o jurídicas que hayan trabajado en bien de la Comunidad Sanmartiniana y que, por sus méritos extraordinarios, merezcan tan especiales distinciones; Que, el artículo Décimo de la antedicha Ordenanza encarga a la Comisión de Condecoraciones elaborar el respectivo Reglamento de Organización, Funciones y Procedimientos a fi n de implementar los mecanismos para el otorgamiento de las condecoraciones, siendo necesaria su aprobación mediante el respectivo dispositivo municipal; De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo Décimo de la Ordenanza Nº 309-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización, Funciones y Procedimientos de la Comisión de Condecoraciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que en Anexo forma parte integrante del presente decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde ANEXO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE LA COMISIÓN DE CONDECORACIONES CAPÍTULO I.- GENERALIDADES Artículo Primero.- El presente Reglamento norma la constitución, funciones y procedimientos de la Comisión de Condecoraciones constituida mediante Ordenanza Nº 309 -MDSMP (26.ABRIL.2011) que crea las condecoraciones y reconocimientos que otorgará la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres a las personas naturales y/o jurídicas que hayan trabajado en bien de la Comunidad Sanmartiniana y que, por sus méritos extraordinarios, merezcan tan especiales distinciones. CAPÍTULO II.- DE LA COMISIÓN DE CONDECORACIONES Artículo Segundo.- La Comisión de Condecoraciones, que es de carácter permanente, estará integrada por: