Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

443899

- MORDAZA Distrital, quien la presidira - Regidor(a) presidente de la Comision de Desarrollo Humano y Programas Sociales - Gerente Municipal - Gerente de Participacion Ciudadana, quien actuara como secretario Articulo Tercero.- Corresponde al presidente: a) Convocar y presidir las sesiones de la Comision b) Establecer la agenda a tratar en cada sesion c) Informar sobre las propuestas recibidas d) Suscribir con los demas miembros de la Comision el Acta de sesion respectiva e) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comision. Articulo Cuarto.- Corresponde al secretario a) Efectuar las citaciones para las sesiones convocadas, consignando la agenda a tratar b) Llevar el Libro de Actas de Sesiones de la Comision c) Conservar la documentacion materia de agenda y la que disponga el presidente d) Levantar el Acta correspondiente de cada sesion, que debera ser suscrita por los integrantes de la Comision que participen en MORDAZA e) Llevar actualizado el libro denominado Registro de Condecoraciones f) Conservar en archivo los documentos que sustenten el otorgamiento de la respectiva condecoracion g) Otras que le encomiende el presidente. CAPITULO III.DE LAS PROPUESTAS Articulo Quinto.- Las propuestas se haran llegar al presidente, quien las derivara al secretario para que las conserve y MORDAZA materia de agenda en la respectiva convocatoria. Articulo Sexto.- Las propuestas de personas naturales y/o juridicas para que obtengan la condecoracion que corresponda, deberan contener minimamente: a) Datos personales; b) Informacion precisa sobre la(s) accion(es) realizada(s); c) Documentacion que acredite o sustente la informacion presentada. CAPITULO IV.DE LAS SESIONES DE LA COMISION Articulo Setimo.- Los integrantes de la Comision participaran en las sesiones con voz y MORDAZA, adoptando sus decisiones por consenso, las que seran de conocimiento del Pleno del Concejo para los efectos a que se contraen los articulos MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Nº 309MDSMP. Articulo Octavo.- A las sesiones de la Comision de Condecoraciones podra invitarse a funcionarios de la entidad, autoridades de otras instituciones y/o ciudadanos notables a fin de que puedan aportar mayor conocimiento sobre las propuestas que permitan tomar una mejor decision. Articulo Noveno.- Los acuerdos que adopte la Comision de Condecoraciones debera constar en el Libro de Actas respectivo, debidamente suscrito por quienes participaron de la sesion, pudiendo tambien suscribirlo las autoridades, funcionarios y/o vecinos que hayan intervenido en calidad de invitados, de acuerdo al articulo precedente. CAPITULO V.DE LA ENTREGA DE LAS CONDECORACIONES Articulo Decimo.La imposicion de las condecoraciones se MORDAZA en acto publico, con citacion obligatoria de los integrantes del Pleno del Concejo Municipal.

Articulo Undecimo.- Las personas condecoradas deberan suscribir el libro denominado Registro de Condecoraciones de la entidad municipal y que estara bajo la custodia del secretario de la Comision de Condecoraciones. CAPITULO VI.DISPOSICIONES FINALES Primera.- Lo no previsto en el presente Reglamento sera subsanado por la Comision de Condecoraciones a traves de acuerdos motivados, transcritos y suscritos en su Libro de Actas de Sesiones. Segunda.- Este Reglamento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 648899-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban el Planeamiento Integral de superficie territorial ubicada en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2011-MDCH Chancay, 29 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: VISTO: En Sesion de Concejo Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 165-2011-MDCH/ALE-MCV, presentado por el Asesor Legal Externo mediante el cual pone a consideracion el proyecto de Ordenanza que aprueba el Planeamiento Integral del diseno MORDAZA, los parametros normativos en terminos de zonificacion, usos y vias del sector ubicado en el km. 02 de la Carretera ChancayHuaral, sector Buena Vista, el cual comprende un area de 513,620.00 m2 (51.3620 ha.); y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado senala en su articulo 194° que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, establece en su articulo 79° inciso 3) numeral 3.1, que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tienen la funcion especifica de aprobar el plan MORDAZA, rural o distrital, con sujecion al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia, precisandose en el numeral 3.6 acapite 3.6.1 que constituye funcion exclusiva de las Municipalidades Distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de las habilitaciones urbanas; Que, mediante Ordenanza Nº 017-2006-MDCH se MORDAZA el Reglamento de Aprobacion de Habilitaciones Urbanas en el Distrito de Chancay, senalandose en su Titulo I, articulo 1º que su objetivo es regular los procedimientos establecidos en la Ley Nº 26878 Ley de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-05-Vivienda, la misma que ha sido reemplazada con similares requerimientos tecnicos por la Ley Nº 29090 y su Reglamento D.S.Nº 024-2008Vivienda y Ley Nº 29476;

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