Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, y demas instancias pertinentes. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, para su Promulgacion. MORDAZA, veintinueve de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional - MORDAZA POR TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del dos mil once. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 648374-1

Crean el Comite Directivo Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil - CDRPETI de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2011-CR /GRM 13 de MORDAZA del 2011 VISTO: El Oficio Nº 090-2011-DRTPE.MOQ; de fecha 10 de febrero de 201, emitido por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Moquegua; mediante la cual solicita se emita Ordenanza Regional sobre la creacion del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil; y, CONSIDERANDO: Que, en el Art. 4º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, prescribe que los Gobiernos Regionales tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo Regional Integral y Sostenible, promoviendo la inversion publica privada, el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos, asi como la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo a los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el numeral 4 del Art. 8º de la Ley Nº 27867, establece como principios de la gestion de los Gobiernos Regionales desarrollar politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica, y cultural de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente exclusivos y marginados del Estado. Principalmente los ubicados en el ambito rural, organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriendose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones buscan tambien, promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion. Que, el Art. 48º de la Ley Nº 27867, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece las funciones en materia de trabajo, promocion al empleo y la pequena y microempresa que ejerzan los Gobiernos Regionales, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de trabajo y promocion al empleo y fomento de la micro y pequena empresa con la politica general del Gobierno y los planes sectoriales. Que, el Art. 60º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como funcion especifica en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades el formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social, se

torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, el estado Peruano ha ratificado los Convenios Internacionales de Trabajo Nº 138 sobre la edad minima de admision al empleo y Nº 182 sobre la prohibicion de las peores formas de trabajo Infantil, de la Organizacion Internacional de Trabajo (OIT), los que constituyen instrumentos internacionales que obligan al estado Peruano a adoptar medidas urgentes inmediatas y eficaces para la Prevencion y Erradicacion progresiva del trabajo Infantil. Que, la declaracion Organizacion Internacional de Trabajo (OIT), relativa a los principios y a los derechos fundamentales en el trabajo en su 86 reunion, celebrada en el ano 1986, establece el MORDAZA de abolicion efectiva del trabajo Infantil. Que, con la Resolucion Suprema Nº 018-2003-TR, el Estado Peruano atendiendo al MORDAZA de abolicion efectiva del Trabajo Infantil, se constituyo el Comite Nacional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CEPETI). Que, en ampliacion de las normas arriba indicadas la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA, ha elaborado la sustentacion tecnica para la creacion del Comite Directivo Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, el mismo que recoge un trabajo de un taller de capacitacion para la creacion del Comite Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, llevado a cabo el 21 de MORDAZA del 2010, evento en que los asistentes conformaron grupos de trabajo, de cuyas conclusiones acordaron por mayoria suscribir el acta de creacion del Comite Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil (CDRPETI), compuesta por Instituciones Publicas, Privadas y Organizaciones No Gubernamentales sin fines de lucro que trabajen intensamente en actividades a favor de la prevencion y erradicaron del trabajo infantil y sus peores formas de trabajo, siendo accion prioritaria para la lucha contra la pobreza; Que, el objetivo principal del Comite Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, es el de realizar actividades de coordinacion, evaluacion y seguimiento a los esfuerzos a favor de la prevencion y erradicacion del trabajo infantil en la Region MORDAZA, asi como proponer politicas en el tema de trabajo infantil; Que, el Articulo 8º de la ley Nº 27092, Ley que modifica la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº28767, expresa que las Direcciones Regionales son responsables de la implementacion y ejecucion de las politicas regionales sectoriales en el ambito regional; Que, mediante la opinion tecnica presentada por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA, sustenta la necesidad de crear e instalar el Comite Directivo Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Bases de Descentralizacion Nº 27783 y sus modificatorias las Leyes Nº 27950 Y 28997, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867,-Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada y complementada por las leyes Nº 27902, 28161, 28926, de acuerdo al Informe Legal Nº 033 -2011-DRAJ/GR.MOQ., con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visacion de la Direccion Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional, asimismo por votacion unanime de sus miembros, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL COMITE DIRECTIVO REGIONAL DE PREVENCION Y ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL Articulo Primero.- Crease el COMITE DIRECTIVO REGIONAL DE PREVENCION Y ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL-CDRPETI DE LA REGION MORDAZA, cuyo objetivo central es la implementacion de las actividades de coordinacion, evaluacion, seguimiento a los esfuerzos a favor de la prevencion y erradicacion progresiva del Trabajo Infantil en la Region MORDAZA, y proponer politicas en el tema de trabajo infantil.

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