Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2011 (18/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de junio de 2011

Que, la Direccion de Promocion Escolar, Cultura y Deporte ha formulado y eleva para su aprobacion la Directiva N° 034-2011-DIPECUD Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2011; Que, de conformidad con el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley No. 26510, y el Decreto Supremo No. 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 034-2011DIPECUD, "JUEGOS NACIONALES DEPORTIVOS ESCOLARES 2011". Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Promocion Escolar Cultura y Deporte, Direcciones Regionales de Educacion, Unidades de Gestion Educativa Local e Instituciones Educativas, el adecuado cumplimiento de lo establecido en la Directiva que se aprueba por la presente resolucion. Articulo 3º.- Disponer que se efectue la publicacion de la presente resolucion y anexos en el MORDAZA electronico del Ministerio de Educacion en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial. Registrese, comuniquese y publiquese. IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestion Pedagogica 655121-1

las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista; Que, mediante carta de fecha 30 de noviembre de 2010, y de conformidad con lo establecido en la Clausula Decimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 161, PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU comunico a PERUPETRO S.A. que ha llegado a un acuerdo para ceder el veinte por ciento (20%) de su participacion en el Contrato de Licencia a favor de VERAZ PETROLEUM LTD., a traves de su subsidiaria de VERAZ PETROLEUM PERU S.A.C.; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 031-2011, de fecha 25 de marzo de 2011, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 161, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- De la Aprobacion de la cesion de posicion contractual Aprobar la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 161, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2009-EM, por parte de PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU, a favor de VERAZ PETROLEUM PERU S.A.C., asi como la modificacion del citado contrato derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2º.- De la autorizacion para suscribir la modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU y VERAZ PETROLEUM PERU S.A.C., con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 161, que se aprueba en el articulo 1º. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 655174-4

ENERGIA Y MINAS
Aprueban cesion de posicion contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 161
DECRETO SUPREMO Nº 030-2011-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2009-EM, de fecha 15 de MORDAZA de 2009, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 161, ubicado en la provincia de Ucayali del departamento de MORDAZA y, las provincias de Padre MORDAZA y MORDAZA Portillo del departamento de Ucayali, suscrito entre PERUPETRO S.A. y PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11º de la mencionada Ley; Que, el articulo 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podra ceder su posicion contractual o asociarse con terceros, previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; asimismo, dicho articulo senala que estas cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a

Otorgan concesion definitiva de generacion a favor de la Compania Energetica del Centro S.A.C. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Belo Horizonte
RESOLUCION SUPREMA Nº 057-2011-EM MORDAZA, 17 de junio de 2011 VISTO: El Expediente N° 11274011, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica, iniciado por la Compania

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