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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (18/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de junio de 2011 444893 DEFENSA Autorizan viaje de Procuradora Pública Ad Hoc para ejercer defensa del Estado en procesos penales y civiles instaurados por empresa ante tribunales de la República Italiana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 245-2011-DE/ Lima, 17 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, la empresa Whitehead Moto Fides de Italia (actualmente Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A - WASS) ha interpuesto acciones judiciales contra el Ministerio de Defensa del Perú y el Banco de la Nación ante los Tribunales de Livorno - República Italiana, teniendo como pretensión el pago de una indemnización por supuestos daños y perjuicios ascendiente a la suma de US$ 50 000 000,00 (Cincuenta millones y 00/100 Dólares Americanos), por el incumplimiento de un contrato de suministro; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones, dispositivo legal que en su Artículo 14º establece que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, mediante Resolución Suprema Nº 278-2009-JUS del 3 de diciembre de 2009, se designó a la abogada Susy Margarita Villegas Rodríguez como Procuradora Pública Ad Hoc para que en representación y defensa del Estado Peruano ejercite las acciones legales que correspondan en los procesos judiciales referidos a los hechos expuestos en el primer considerando de la presente Resolución Suprema; Que, mediante Ofi cio Nº 002-2011-MINDEF/PPAH/ SVR del 18 de mayo de 2011, la referida profesional, presenta la agenda de trabajo con las acciones que durante el período comprendido entre el 18 al 25 de junio del presente año, desarrollará en los Tribunales Penal y Civil de la ciudad de Livorno, en los que se vienen ventilando los procesos instaurados contra el Estado Peruano - Ministerio de Defensa, por lo que resulta necesario autorizar su viaje a la ciudad de Livorno, a fi n que representándolo ejerza su defensa judicial; Que, la actividad propuesta no se encuentra prevista en el Plan Anual de Comisiones al Exterior priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y modifi cado por Resolución Suprema Nº 135-2011-DE del 12 de abril de 2011; sin embargo, atendiendo que la presente resolución tiene por objeto autorizar el viaje de la Procuradora Ad Hoc para ejercer la defensa judicial de los intereses del Sector en el exterior, resulta pertinente expedirla; De conformidad con la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar del 18 al 25 de junio de 2011, el viaje en Comisión de Servicio de la abogada Susy Margarita VILLEGAS RODRÍGUEZ, Procuradora Pública Ad Hoc, para que ejerza la defensa judicial del Estado Peruano - Ministerio de Defensa, en los procesos penales y civiles instaurados por la empresa Whitehead Moto Fides de Italia (actualmente Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A - WASS), ante los Tribunales Civil y Penal de la ciudad de Livorno, República Italiana. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados por el Ministerio de Defensa - Administración General, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos: Lima - Roma - Lima US$ 1,700.00 x 1 persona (incluye TUUA) - Pasajes Terrestres: Roma - Livorno - Roma US$ 170.00 x 1 persona - Viáticos: US$ 260.00 x 1 persona x 8 días Artículo 3º.- La funcionaria comisionada deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno del país. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 655176-1 EDUCACION Aprueban Directiva ”Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2011” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0038-2011-ED Lima, 14 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el numeral 5, sobre Promoción de la Cultura y el Deporte, del rubro V, Normas de Carácter Transversal, de la DIRECTIVA PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2011 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO - PRODUCTIVA, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 348- 2010-ED, establece que la Institución Educativa Pública debe realizar y participar, con un enfoque inclusivo, en los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2011, entre otros programas y actividades; Que, asimismo establece que las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local y Municipalidades no deben realizar, autorizar ni auspiciar eventos similares, que estas actividades serán normadas por directivas específi cas, emitidas por la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte del Ministerio de Educación;