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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de marzo de 2011 438522 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Ordenanza Nº 276 GOBIERNO REGOINAL AMAZONAS/ CR.- Ofi cializan Instituciones Educativas ubicadas en las Comunidades Awajún y Wampís de la Región Amazonas con la denominación de Instituciones Educativas Interculturales Bilingües 438538 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Acuerdo Nº 014-2011-GRA/CR-AREQUIPA.- Amplían plazo de situación de emergencia del Sistema de Riego de la Irrigación La Cano y sectores aledaños del distrito de La Joya 438539 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Ordenanza Nº 084-2010-CR/GRC.CUSCO.- Reconocen y aprueban la conformación del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2011 del Gobierno Regional de Cusco 438539 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza Nº 095-MCPSMH.- Exoneran del pago de derechos de ejecución de obra a favor de persona jurídica por el inicio de trabajos de instalación de tuberías para agua potable 438540 D.A. Nº 03-2011/MCPSMH.- Prorrogan plazo para pago al contado de primera cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios del ejercicio 2011 así como de benefi cios a que se refi eren las Ordenanzas N°s 093-2011-MCPSMH y 088-MCPSMH 438541 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Acuerdo Nº 08-2011/CDLO.- Ratifi can Acuerdo que fi ja la remuneración mensual del Alcalde y el monto de las dietas que percibirán los Regidores 438541 D.A. Nº 001-2011-MDLO/ALC.- Designan Secretario Técnico del Consejo Educativo Municipal -CEM del Distrito de Los Olivos 438542 D.A. Nº 003-2011-MDLO/ALC.- Conforman el Consejo Educativo Municipal - CEM del distrito para el Año Fiscal 2011 438543 R.A. Nº 139-2011.- Encargan funciones de Ejecutor Coactivo (e) al Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica 438544 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 030-2011-CD/OSIPTEL, INF. 039-GAL, RES 2 y 1.- Res. N° 2: Recurso de reconsideración interpuesto contra la Res. N° 1 recaída en el Exp. N° 001-2010/TRASU/GUS-PAS/Res. N° 1: Análisis de descargos formulados por Telefónica del Perú S.A.A. respecto a incumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 17°, 19° y 48° del Reglamento General de Infracciones y Sanciones 438482 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran días no laborables compensables para los trabajadores del sector público, durante el año 2011 DECRETO SUPREMO N° 019-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR tiene entre sus objetivos, en materia de turismo, el de promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país, propiciando las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa privada y la generación de empleo; Que, conforme al artículo 4° de la Ley N° 29408 Ley General de Turismo, corresponde al MINCETUR fomentar el turismo social e implementar estrategias para la promoción del turismo interno y receptivo; Que, a fi n de fomentar el desarrollo del turismo interno, el Gobierno lleva a cabo políticas estratégicas de promoción de los atractivos turísticos del país, dentro de las cuales promueve desde hace algunos años, el establecimiento de días no laborables sujetos a compensación o recuperación de horas no trabajadas, los cuales sumados a los feriados ordinarios, crean fi nes de semana largos propicios para la práctica del turismo interno, medida que tiene un impacto positivo en el desarrollo del mismo según los resultados de las evaluaciones del fl ujo turístico interno movilizado durante los fi nes de semana largos, efectuadas cada año por el sector turismo; Que, la práctica del turismo interno constituye un instrumento dinamizador de las economías locales y contribuye al conocimiento no sólo de los atractivos turísticos sino de las distintas realidades de las poblaciones de nuestro país; Que, por dichas razones, es conveniente establecer los días no laborables sujetos a horas de trabajo compensables correspondientes al año 2011; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1°.- Días no laborables en el sector público. 1.1 Declárase días no laborables para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, durante el año 2011, los siguientes: - lunes 2 de mayo, - lunes 29 de agosto, - lunes 31 de octubre, - viernes 23 y viernes 30 de diciembre. 1.2 Para fi nes tributarios dichos días serán considerados hábiles Artículo 2°.- Compensación de horas. Las horas dejadas de trabajar en los días no laborables establecidos en el artículo precedente, serán compensadas