TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de marzo de 2011 438527 Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura, el cual constituye un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público con pliego presupuestal del Estado. A través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de setiembre de 2010, se aprobó la fusión del Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorción, con diversas entidades dentro de las cuales se encuentra el Instituto Nacional de Cultura; Que, el Artículo 14º de la citada Ley, establece las funciones del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales dentro de las que se encuentra: “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, la Única Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 066-2010 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 01 de octubre de 2010, establece que los documentos de gestión del Instituto Nacional de Cultura – INC mantienen vigencia y son de aplicación en el Ministerio de Cultura hasta la aprobación de los respectivos documentos de gestión que deberán ser aprobados en el marco de las disposiciones legales vigentes; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; el Decreto de Urgencia Nº 066-2010 y el Decreto Supremo Nº 017-2003- ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la danza del qamili de los distritos de Chivay, Coporaque, Yanqui, Achoma, Maca, Ichupampa, Lari, Madrigal y Cabanaconde del Cañón del Colca, provincia de Caylloma, región Arequipa; en virtud a ser una danza ritual para el inicio del ciclo agrícola, de ascendencia prehispánica y que ha integrado elementos del cristianismo colonial, comentario de la situación histórica de los collagua en su relación con los grupos que los integraron a sus respectivos sistemas político- culturales en diversas épocas, aymaras del altiplano, incas y españoles. Los aspectos señalados la reafi rman como una danza ritual particular y propia de un contexto regional, de larga y rica tradición cultural en la población de la zona. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 610360-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2011-DE/MGP Lima, 5 de marzo de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-170 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 24 de enero de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje al exterior de UN (1) Ofi cial Subalterno para que participe en el Curso Mayor, a impartirse en la Escuela Superior de la Prefectura Naval de Argentina, en la ciudad de Buenos Aires - REPÚBLICA DE ARGENTINA, a partir del 1 de abril de 2011 al 31 de enero de 2012; Que, la designación de UN (1) Ofi cial Subalterno para que participe en el curso referido en el considerando precedente, responde a la necesidad de capacitar al Personal Naval, para asumir con idoneidad la gestión de conducción de las Jefaturas y de los Organismos Intermedios, optimizando el futuro desempeño en la conducción y ejerciendo funciones vinculadas a la seguridad de la navegación, prevención de la contaminación ambiental, protección marítima, portuaria y seguridad pública; dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumidos por nuestro país, con el propósito de fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de otros países; Que, el citado Curso tiene una duración de DIEZ (10) meses, comprendidos en el período del 1 de abril de 2011 al 31 de enero de 2012, debiéndose expedir para tal efecto la ampliación de autorización de permanencia en el extranjero del citado Ofi cial, aplicando el gasto en el respectivo período presupuestal; Que, el citado viaje se encuentra considerado en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 1 (RDR), del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011; Que, por lo expuesto anteriormente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Richard FUCHS Vásquez, para que participe en el Curso Mayor, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del Ofi cial Subalterno antes nombrado, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, habiendo ocupado el primer puesto de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por Ley Nº 29598, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por Decreto Supremo Nº 010-2010-DE de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al extrerior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Richard FUCHS Vásquez,