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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2011 (06/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de marzo de 2011 438536 de coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y la Secretaría Técnica del citado Equipo Técnico, para los fi nes de realizar el monitoreo y evaluación permanente; a efectos de proponer las acciones administrativas y de control pertinentes que al respecto haya lugar en sus respectivas sedes judiciales; Tercero: Que, con lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, en consonancia con el contenido de los Informes Nºs. 180 y 236-2010-SEP-GP-GG-PJ-SEP-GP- GG-PJ de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional la de adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar medidas complementarias a las ya impartidas; como es el caso de autorizar la modifi cación y ampliación de la competencia de los órganos jurisdiccionales materia de propuesta; todo ello en estricta consonancia con los limitados recursos existentes para dicho propósito; de conformidad con lo acordado en las actas de sesiones de trabajo y acuerdos suscritos entre los miembros de la Sub Comisión de Implementación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer las siguientes medidas para optimizar la implementación del Código Procesal Penal: Distrito Judicial de Amazonas: • Ampliar la competencia del Juzgado de Paz Letrado de Jazán, el cual en adición de funciones actuará como Juzgado de la Investigación Preparatoria, a los Distritos de Churuja, Shipasbamba, San Carlos, Valera, Florida y Cuispes, de la Provincia de Bongará. • Modifi car la competencia del Juzgado de Paz Letrado de Bongará, el cual en adición de funciones actuará como Juzgado de la Investigación Preparatoria, a los distritos de la Provincia de Bongará, excepto la que corresponde al Juzgado de Paz Letrado de Jazán; a que se refi ere la Resolución Administrativa Nº 407-2009-CE-PJ. Distrito Judicial de Moquegua: • Modifi car la conformación del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Distrito Judicial de Moquegua, debiendo conformarse con magistrados de los Juzgados Penales Unipersonales; cuando el sistema lo requiera y conforme a las necesidades de juzgamiento. • El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial tendrá competencia territorial en todo el Distrito Judicial. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de Ias Cortes Superiores de Justicia de Amazonas y Moquegua, y a la Gerencia General en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Amazonas y Moquegua; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 610165-8 Prorrogan funcionamiento de la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate, Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 046-2011-CE-PJ Lima, 26 de enero de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 103 -2010-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial; y el Informe Nº 010-2011-SEP- GP-GG-PJ, elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación; y CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 389-2010-CE-PJ, dispuso prorrogar el funcionamiento de la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Lima, hasta el 31 de enero del presente año; Segundo: Que, del informe estadístico adjunto se observa que la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate, tiene proyectado un incremento de 105% en sus ingresos y de 45% en su carga pendiente; Tercero: Que, el Informe Nº 010-2011-SEP-GP-GG-PJ elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación concluye es factible prorrogar el funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional por el plazo de doce meses; luego de lo cual se evaluará su permanencia, reubicación o conversión, debiendo incrementar su nivel de resolución; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Lima por el plazo de doce meses, luego de lo cual se analizará su permanencia, conversión o reubicación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima y la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CESAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 610165-9