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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2011 (06/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de marzo de 2011 438523 en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades. Artículo 3°.- Servicios indispensables y atención al público. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del sector púbico adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables señalados. Artículo 4°.- Días no laborables en el sector privado. Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo decidirá el empleador. Artículo 5°.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil once ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo EDUARDO FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 610472-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de funcionaria del Viceministerio de Comercio Exterior a Ecuador para participar en audiencia pública convocada por la Comunidad Andina - CAN RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2011-MINCETUR Lima, 5 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, ante el reclamo interpuesto por la empresa Bayer S.A. y otros contra el Gobierno Peruano por supuesto incumplimiento de la Decisión 436 y la Resolución 630 de la Secretaría General de la Comunidad Andina – CAN, el Tribunal de Justicia de la CAN ha convocado a Audiencia Pública a realizarse el día 10 de marzo de 2011, en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, como organismo rector en materia de comercio exterior y turismo, ejerce la representación del Perú ante la CAN, supervisa el cumplimiento de las disposiciones legales internacionales que norman las actividades relacionadas con el comercio exterior y vela por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Perú en materia de negociaciones comerciales internacionales, en el ámbito de su competencia; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Sara Rosana Rosadio Colán, Asesora Legal del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participe en la audiencia pública convocada, para exponer y defender la posición del Perú ante el Tribunal de Justicia de la CAN; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo casos excepcionales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora Sara Rosana Rosadio Colán, Asesora Legal del Viceministerio de Comercio Exterior a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 09 al 11 de marzo de 2011, para que participe en la Audiencia Pública a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 093,56 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US$ 400,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Sara Rosana Rosadio Colán presentará a la Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asímismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación EDUARDO FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 610472-7 Autorizan viaje de profesionales del Viceministerio de Comercio Exterior para participar en diversos eventos que se llevarán a cabo en México RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2011-MINCETUR/DM Lima, 25 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, en octubre pasado, el Presidente del Perú invitó a sus contrapartes de Colombia, Chile, Ecuador y Panamá a conformar un área de integración profunda en la que se asegure la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, dada la necesidad de alcanzar una mayor proyección competitiva en materia de convergencia, liberalización e integración comercial; Que, en el marco de dicha iniciativa se llevaron a cabo una Reunión Presidencial en Mar del Plata, República Argentina, durante la Cumbre Iberoamericana realizada el 4 de diciembre pasado, así como una Reunión Ministerial, con representantes de Chile, Perú, Colombia y México,