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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2011 (15/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de marzo de 2011 438960 Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adecuación de Constitución Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”; integrada por las Municipalidades Distritales de Ascensión, Conayca, Cuenca, Huando, Izcuchaca, Laria, Nuevo Occoro y Palca, en la Provincia de Huancavelica, y Santa Ana, en la Provincia de Castrovirreyna, en el Departamento de Huancavelica; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”, como sigue: - Presidente: Policarpo Serpa Mendoza, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huando. - Director: Rubén Arizapana Taipe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ascensión; - Director: Pablo Gaspar Martínez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Conayca. - Director: Fortunato Paulo Común Huároc, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cuenca. - Director: Eduardo Torres Miranda, alcalde de la Municipalidad Distrital de Izcuchaca. - Director: Urbano Cuicapuza Huamancaja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Laria. - Director: Severo Jaime Ordoñez Alanya, alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuevo Occoro. - Director: Alejandro Fernández Quispe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Palca. - Director: Simeón Oseas Apari Suárez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Ana. Artículo 3º.- Designación de Gerente General Inscribir la designación del señor Gustavo Adolfo González Uriola, como Gerente General de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”. Artículo 4º.- Registro de Anexos Inscribir el Estatuto, el Acta de Adecuación y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Adecuación de Constitución de la “Mancomunidad Municipal AMUZCEH”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 5º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 6º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 613471-1 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal de la Provincia de Barranca” - “MMPB” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 157-2011-PCM/SD Lima, 11 de marzo de 2011 VISTOS: El Oficio N° 001-2011-PRE/RUV-MMPB; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-AL/CPB de la Municipalidad Provincial de Barranca; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-AL/MDP de la Municipalidad Distrital de Paramonga; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011- AL/MDP de la Municipalidad Distrital de Pativilca; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDSP de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto; la Ordenanza Municipal Nº 005-2011/MDS de la Municipalidad Distrital de Supe; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de la Provincia de Barranca” - “MMPB”; y el Informe Nº 011-2011-PCM/ SD-OGI-JLMM; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal de la Provincia de Barranca” - “MMPB” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Paramonga, Pativilca, Supe, Supe Puerto y la Municipalidad Provincial de Barranca, en la Provincia de Barranca, en el Departamento de Lima; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico Institucional y Social Demográfi co: población, educación, salud, necesidades básicas insatisfechas, servicios básicos de la vivienda; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos, horizonte, principales actividades económicas y atractivos turísticos; Gestión descentralizada: estructura orgánica y funciones a delegarse, relaciones de coordinación, cooperación y colaboración, recursos; y Sostenibilidad; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Rural, b) Protección y Conservación del Ambiente, c) Saneamiento Físico Legal Urbano – Rural, d) Fomento de la Inversión Privada, el Turismo, el Empleo y la Competitividad Productiva, e)