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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de marzo de 2011 438977 Que, las gestiones y coordinaciones de la antedicha comisión, están bajo la directa supervisión y liderazgo de la presidencia y vicepresidencia de la antedicha comisión, por lo que los miembros deben tomar las decisiones y acciones oportunas en benefi cio de la consecución de su fi n, dando cuenta a este despacho de lo realizado en forma inmediata. Que, la comisión conformada, tiene dentro de sus facultades la de PROPONER soluciones a los problemas que pudieran presentarse durante la ejecución del Plan de Trabajo al efecto creado; e incluso, DISEÑAR propuestas para aquellos casos en los que no resulte posible la identifi cación de los reos y sentenciados libres, mediante el uso del sistema biométrico de identifi cación basado en huellas dactilares; entre otros. Que, la comisión de magistrados, seguirá además los lineamientos impartidos en la Directiva Nº 012-2008-CE- PJ, aprobada mediante la Resolución Administrativa Nº 270-2008-CE-PJ. En uso de la facultad conferida por Artículo 90° inciso 3) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y estando a lo señalado precedentemente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR la Comisión Distrital de EMPADRONAMIENTO DEL REGISTRO Y CONTROL BIOMÉTRICO DE PROCESADOS Y SENTENCIADOS LIBRES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA, creada por Resolución Administrativa N° 222-2011- P-CSJLI-PJ, la que quedará integrada de la siguiente forma: • Dr. Héctor Enrique Lama More Presidente. • Dra. Antonia Saquicuray Sánchez Vicepresidenta. • Dra. Raquel Centeno Huamán Integrante. • Dr. Alexis López Aliaga Vargas Integrante. • El Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital Integrante • El Jefe del Área de Desarrollo de la Presidencia Integrante. Artículo Segundo.- FACULTAR a la comisión de magistrados, para que PROPONGA soluciones a los problemas que pudieran presentarse durante la EJECUCIÓN del plan de trabajo, DISEÑE las propuestas para aquellos casos en los que no resulte posible la identifi cación mediante el uso del sistema biométrico de huellas dactilares, entre otros; observando además los lineamientos impartidos en la Directiva 012-2008-CE-PJ. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Concejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, de la Gerencia de Informática, de la Gerencia de Servicios Judiciales, del Área de Desarrollo de la Presidencia, de la Ofi cina de Administración Distrital, y de los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 613861-1 Conforman la Comisión de Magistrados Penales encargados del Análisis y Propuestas de Solución en el Procedimiento de Rehabilitación de Sentenciados cuyos expedientes se encuentran extraviados y/o perdidos CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 231 -2011-P-CSJLI/PJ Lima, catorce de marzo del año dos mil once. VISTO: El Ofi cio Nº 89-2011-SG-CED-CSJLI/PJ, Ofi cio Nº 1584-2010-ADP/CSJLI-PJ, y Acuerdo del Consejo Ejecutivo Distrital; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital, en la última sesión ordinaria, aprobó la conformación de una Comisión de Magistrados del área penal que se encargue de la revisión y análisis de la propuesta de Directiva de anulación de antecedentes penales en caso de extravío de expedientes judiciales. Que, según el informe Nº 031-20010-RDGA-ADP- CSJLI/PJ del Área de Desarrollo de la Presidencia - ADP, no existe norma que reglamente y/o complemente el procedimiento de rehabilitación, en aquellos casos que habiéndose cumplido la pena o medida de seguridad u otro modo que hubiera extinguido su responsabilidad, el expediente judicial resulte inubicable ya sea por extravío y/o por pérdida. Que, el informe referido, indica la necesidad de buscar alternativas de solución a problemas como el descrito, máxime si el Tribunal Constitucional en el Exp. Nº 2455-2002-HC/TC precisó que el sentenciado, cumplida la pena, queda rehabilitado sin más trámite que el cumplimiento de ella; a lo que no podría darse cumplimiento –indica-, ante la inexistencia de expediente judicial; lo que afectaría los derechos fundamentales de procesados y sentenciados que cumplieron su pena; problemática a la que se quiere da solución. Que, de conformidad con el inciso 6) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución de esta Presidencia, ejecutar los acuerdos de la Sala Plena y del Consejo Ejecutivo Distrital, por tales fundamentos, en uso de las facultades previstas; RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión de Magistrados Penales encargados del Análisis y Propuestas de Solución en el Procedimiento de Rehabilitación de Sentenciados cuyos expedientes se encuentran extraviados y/o perdidos; cuya conformación es: - Dr. Aldo Martín Figueroa Navarro Presidente. - Dra Carmen Liliana Rojassi Pella Integrante. - Dra. Leonor Ángela Chamorro García Integrante. - Dr. Saúl Peña Farfan Integrante. - Un representante de ADP Integrante. Artículo Segundo.- LA COMISIÓN deberá emitir un informe detallado dentro del plazo de TREINTA DÍAS, en el que se incluya el análisis de las propuestas alcanzadas por el Área de Desarrollo de la Presidencia - ADP, el proyecto de directiva elevado; así como también se incluyan –de ser el caso-, otras soluciones para la problemática advertida; encargándoseles la ejecución y posterior monitoreo de las medidas a adoptar. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, de la Gerencia de Informática, del Área de Desarrollo de la Presidencia, de la Oficina de Administración Distrital, Área de Personal de esta Corte, de todos los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 613869-1