Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2011 (24/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

439521

Articulo 4º.- El SENASA suministrara los biologicos, materiales e implementos que MORDAZA necesarios para mantener la vacunacion en las zonas de alto riesgo que tengan esta condicion. Articulo 5º.- Disponer la publicacion del anexo que forma parte de la presente resolucion, referido a las zonas geograficas con y sin vacunacion antiaftosa, en la pagina web del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA ( www.senasa.gob.pe). Articulo 6º.- La Direccion de Sanidad Animal del SENASA dictara las medidas tecnico sanitarias complementarias necesarias para el cumplimiento de la finalidad de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese.

AMBIENTE
FE DE ERRATAS RESOLUCION EJECUTIVA N° 001-2011-CE-PNCB/DVMDERN/MINAM Mediante Oficio N° 429-2011-SG-MINAM el Ministerio del Ambiente solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ejecutiva N° 001-2011-CE-PNCB/DVMDERN/ MINAM, publicada en la edicion del 11 de marzo de 2011. DICE: MORDAZA, 8 de enero de 2011

MORDAZA F. HALZE MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 617724-1

DEBE DECIR: MORDAZA, 7 de febrero de 2011 617850-1

Dan por concluida designacion de Jefe de la Agencia Zonal Grau de AGRO RURAL
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 022-2011-AG-AGRO RURAL-DE MORDAZA, 22 de marzo de 2011 VISTO: El Memorandum Nº 692-2011-AG-AGRO RURALOADM, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2.5.3.2. del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, aprobado por Resolucion Ministerial Nº11202008-AG, conforma dentro de su estructura organica a las Agencias Zonales, que dependen jerarquicamente de la Direccion Zonal y pueden administrar una o mas provincias y distritos; Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 027-2009-AG-AGRO RURAL-DE, se designo al MVZ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Grau del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL; Que, se ha visto conveniente dar por concluida la designacion efectuada; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones de AGRO RURAL, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designacion del MVZ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Grau del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DISPONER la publicacion de la presente en el MORDAZA Electronico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 618265-1

CULTURA
Rectifican resoluciones relativas a inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Nacion ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 334-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 17 de marzo de 2011 Visto, el Memorando Nº 090-2011-DDPH/MC de fecha 11 de enero del 2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Titulo Nº 2010-72367, la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA solicito la inscripcion de cincuenta y cinco (55) monumentos historicos ubicados en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, declarados mediante Resolucion Jefatural Nº 523 de fecha 06 de setiembre de 1988; por Resolucion Suprema Nº 505-74-ED de fecha 15 de octubre de 1974; por Resolucion Jefatural Nº 348 de fecha 08 de marzo de 1991; por Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980; por Resolucion Suprema Nº 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972, Resolucion Jefatural Nº 176 de fecha 09 de marzo de 1972 y por la Resolucion Jefatural Nº 009 de fecha 12 de enero de 1989; Que, mediante esquelas de observacion de fecha 27 de agosto y 11 de noviembre del 2010, la Oficina Registral de Propiedad Inmueble de MORDAZA observo el Titulo Nº 2010-72367 por existir discrepancias en la ubicacion de los monumentos historicos y el antecedente registral, asi como por no precisarse en las Resoluciones las partidas registrales en que obran inscritos; Que, mediante Resolucion Nº 490-2010-SUNARPTR-A de fecha 23 de diciembre del 2010, el Tribunal Registral resolvio que "De conformidad con lo establecido en el articulo 114º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, para extender la inscripcion debe tenerse plena certeza de la partida o partidas de los predios afectados con la condicion de bien integrante del Patrimonio cultural de la Nacion", confirmando lo senalado en la esquela de observacion de fecha 11 de noviembre del 2010; Que, al respecto, el articulo 114º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios dispone que para la inscripcion de la condicion de bien integrante del patrimonio cultural la nacion de un predio inscrito se requiere la MORDAZA de la Resolucion del Instituto Nacional de Cultura que declara al predio como bien Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la

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