Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2011 (24/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2011

Nacion, la que debe contener la plena identificacion del predio o predios afectados. Cuando la resolucion no precise la partida o partidas de Ios predios afectados o se indique que la afectacion es parcial, se presentara ademas el plano georeferenciado a la red geodesica nacional referida al datum y proyeccion en coordenadas oficiales; Que, mediante el documento del visto, la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico solicito a la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, la precision de las citadas resoluciones respecto a veintidos (22) monumentos historicos, al haberse omitido la indicacion de las partidas registrales donde se encuentran inscritos:
MONUMENTOS HISTORICOS Departamento MORDAZA Provincia MORDAZA Distrito MORDAZA RESOLUCION JEFATURAL Nº 523 de fecha 06 de setiembre de 1988 MORDAZA MORDAZA Nºs 208 y 210 MORDAZA MORDAZA Nº 400 Av. MORDAZA de la MORDAZA Nº 433 MORDAZA La MORDAZA Nº 100 esquina Los Portales Plaza de MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Nº 110 MORDAZA La MORDAZA Nº 204 MORDAZA La MORDAZA Nº 206, 206A, 206B, 208 y 210 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 218 y 220 esquina MORDAZA s/n MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs 513 y 513A MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs 589 y 591 MORDAZA MORDAZA Nº 204 MORDAZA MORDAZA Nº 402 RESOLUCION SUPREMA Nº 505-74-ED de fecha 15 de octubre de 1974 La MORDAZA 207 RESOLUCION JEFATURAL Nº 348 de fecha 08 de marzo de 1991 MORDAZA La MORDAZA Nº 209-211 MORDAZA CORBACHO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 421-423-423A RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980 MORDAZA La MORDAZA 308 MORDAZA La MORDAZA 400 MORDAZA MORDAZA 109 MORDAZA MORDAZA 116 RESOLUCION SUPREMA Nº 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972 MORDAZA 412 RESOLUCION JEFATURAL Nº 176 de fecha 09 de marzo de 1972 Av. MORDAZA MORDAZA Nº 449-451-453 y 455 RESOLUCION JEFATURAL Nº 009 de fecha 12 de enero de 1989 MORDAZA Nº 203

Que, mediante Informe Nº 007-MERF-2011-SDRDPHCRI/MC de fecha 14 de enero de 2011, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano concluye que resulta necesario precisar en las Resoluciones de declaracion de los veintidos (22) monumentos ubicados en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, la partida electronica donde se encuentran inscritos a efectos de que pueda registrarse la condicion que sobre ellos recae; Que, con Memorando Nº 046-2011-DPHCR-DREPH/ MC, la Direccion de Patrimonio Historico, Colonial y Republicano solicita a la Direccion Regional de Cultura MORDAZA la verificacion de la existencia de los veintidos

(22) monumentos declarados, para la continuacion del tramite correspondiente; Que, con Memorando Nº 078-2011-DRC-AQP/MC, la Direccion Regional de Cultura MORDAZA remite el Informe Nº 034-2011-DA-DRCA-MC, mediante el cual se atiende lo solicitado por la Direccion de Patrimonio Historico, Colonial y Republicano, enviando fotografias y direcciones segun la verificacion de MORDAZA, de los veintidos (22) inmuebles declarados los mismo que aun existen; Que, de la confrontacion de las direcciones con que fueron declarados los inmuebles, con las que se encuentran inscritas y con las verificadas en MORDAZA, se llega a la conclusion que son dieciseis (16) los inmuebles que si presentan concordancia en sus direcciones; sin embargo, debe precisarse el numero de partida registral en la resolucion a emitir; Que, mediante Informe Nº 027-MERF-2011-SDRDPHCRI/MC de fecha 16 de enero de 2011, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano concluye que resulta necesario precisar la partida registral de dieciseis (16) monumentos historicos ubicados en el distrito, provincia y departamento de Arequipa; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; en tal sentido, corresponde rectificar las Resoluciones emitidas en el extremo correspondiente a la partida electronica donde se encuentran inscritos los inmuebles, toda vez que no altera el contenido ni el sentido de dichas Resoluciones; Que, mediante Ley 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, establece que "hasta que se apruebe el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos y los servicios de las entidades fusionadas a dicho Ministerio; Que, el literal a) del articulo 14º de la Ley Nº 29565 senala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley Nº 29565 - Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba las fusiones de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General"; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y de la Oficina de Asuntos Juridicos, y;

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