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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de marzo de 2011 439523 SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR las Resoluciones que a continuación se señalan, precisando la ubicación y las partidas registrales donde se encuentran inscritos los inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación ubicados en el distrito, provincia y departamento de Arequipa: DICE DEBE DECIR UBICACIÓN UBICACIÓN FICHA REGISTRAL PARTIDA ELECTRONICA RESOLUCION JEFATURAL Nº 523 de fecha 06 de setiembre de 1988 Av. Juan de la Torre Nº 433 AV. JUAN DE LA TORRE Nº 433 3136 01079383 Calle La Merced Nº 110 CALLE LA MERCED Nº 110 109754 01130776 Calle La Merced Nº 204 CALLE LA MERCED Nº 204 110972 01131924 Calle La Merced Nº 206, 206A, 206B, 208 y 210 CALLE LA MERCED Nºs 206, 206-A, 206-B,208 Y 210 109636 01130674 Calle Alvarez Thomas Nº 218 y 220 esquina Consuelo s/n CALLE ALVAREZ THOMAS Nºs 218, 220 Y CALLE CONSUELO Nº 111 109923 01130931 Calle Alvarez Thomas Nºs 513 y 513A CALLE ALVAREZ THOMAS Nºs 513, 513A 947434 01167469 Calle Alvarez Thomas Nºs 589 y 591 CALLE ALVAREZ THOMAS Nºs 589, 591 110139 01131144 Calle Bolivar Nº 204 CALLE BOLIVAR Nº 204 109977 01130984 Calle Bolivar Nº 402 CALLE BOLIVAR Nº 402 107778 01128926 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 505-74-ED de fecha 15 de octubre de 1974 La Merced 207 CALLE LA MERCED Nº 207 109912 01130920 RESOLUCION JEFATURAL Nº 348 de fecha 08 de marzo de 1991 Calle La Merced Nº 209-211 CASA CORBACHO CALLE LA MERCED Nºs 209 - 211 110319 01131312 Calle Alvarez Thomas Nº 421- 423-423A CALLE ALVAREZ THOMAS Nºs 421-423 Y 423-A 103952 01125311 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0928-80-ED de fecha 23 de julio de 1980 Calle La Merced 308 CALLE LA MERCED Nº 308 110256 01131252 Calle Consuelo 116 CALLE CONSUELO Nº 116 107775 01128923 RESOLUCION JEFATURAL Nº 176 de fecha 09 de marzo de 1972 Av. Alvarez Thomas Nº 449-451- 453 y 455 CALLE ALVAREZ THOMAS Nºs 449-451-453-455 111070 01132012 RESOLUCION JEFATURAL Nº 009 de fecha 12 de enero de 1989 Bolívar Nº 203 CALLE BOLIVAR Nº 203 108618 01129713 Artículo Segundo.- DISPONER que la presente Resolución sea puesta en conocimiento de los propietarios de los inmuebles; las autoridades locales y regionales; así como de la Dirección Regional de Cultura de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 617862-1 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en la provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 336-2011-VMPCIC-MC Lima, 21 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 151-2008-SDIC-DA- DREPH/INC de fecha 5 de febrero de 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que los expedientes técnicos de los tres (03) monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica del Proyecto minero Unidad Económica y Administrativa (UEA) Barreno - Minera Arirahua S.A.”, a cargo del Lic. Yuri Julio César Caldas Serveleón, con R.N.A. Nº CC-0652, no presentan observaciones; Que, mediante Informe Nº 649-2008-LIF/SDSP/DA/ DREPH/INC, de fecha 20 de febrero de 2008, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declaren patrimonio cultural de la Nación y se aprueben los expedientes técnicos de los tres (03) monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del precitado proyecto de evaluación arqueológica; Que, mediante Acuerdo Nº 0114 de fecha 22 de febrero de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación y aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los monumentos arqueológicos prehispánicos Uchucuy Belén, Terrazas León Trampa y Terrazas Sincuna ubicados en el distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14º de la Ley Nº 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565 - Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED;