Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2011 (24/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2011

Que, en consecuencia, resulta necesario dar por concluida la designacion efectuada por Resolucion Ministerial 727-2010-MIMDES, asi como designar a la persona que se desempenara como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ante el Consejo de Adopciones de la Secretaria Nacional de Adopciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 26981 ­ Ley del Procedimiento Administrativo de Adopcion de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 010-2005-MIMDES, la Ley 29597 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 011-2004MIMDES, el Decreto Supremo 001-2010-MIMDES y el Decreto Supremo 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MENDIETA TREFOGLI como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ante el Consejo de Adopciones de la Secretaria Nacional de Adopciones, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA BAILETTI, Directora de la Direccion de Ninos, Ninas y Adolescentes de la Direccion General de la Familia y la Comunidad, como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ante el Consejo de Adopciones de la Secretaria Nacional de Adopciones. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Despacho Viceministerial de la Mujer, a la Secretaria Nacional de Adopciones y al Consejo de Adopciones para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 618551-1

Crean la condecoracion "Buenas Practicas en el Servicio de Defensoria del MORDAZA y del Adolescente"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 104-2011-MIMDES MORDAZA, 23 de marzo de 2011 Vistos el Informe 117-2010-MIMDES/DGFC/ DINNA/ SDD/RAB de la Sub-Direccion de Defensorias de la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes y la Nota 784-2010-MIMDES/DGFC de la Direccion General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; CONSIDERANDO: Que, los articulos 1º y 4º de la Constitucion Politica del Peru establecen que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, siendo de cargo de la comunidad y el Estado el proteger especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono; Que, los articulos 28º y 29º del Codigo de los Ninos y Adolescentes, aprobado por Ley 27337, preven que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES es el ente rector del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente, cuya funcion es velar por el cumplimiento de las normas contenidas en la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y en la legislacion nacional, asi como formular, aprobar y coordinar la ejecucion de las

politicas orientadas a la atencion integral de ninas, ninos y adolescentes; Que, el articulo 42º del acotado Codigo, dispone que la Defensoria del MORDAZA y del Adolescente es un servicio del Sistema de Atencion Integral que funciona en los gobiernos locales, en las instituciones publicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil, cuya finalidad es promover y proteger los derechos que la legislacion reconoce a los ninos y adolescentes; Que, la Ley 29597 ­ Ley de Organizacion y Funciones del MIMDES, determina y regula el ambito, estructura organica basica, competencias y funciones de este Portafolio que, como organismo rector de los Sectores Mujer y Desarrollo Social, actua en areas tales como el desarrollo y atencion integral de ninas, ninos y adolescentes, personas adultas mayores y fortalecimiento de la familia; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo 011-2004MIMDES, preceptua en su articulo 61º que la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes es el organo de la Direccion General de la Familia y la Comunidad encargado de disenar, promover y coordinar, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos en el MORDAZA de la ninez y la adolescencia, para contribuir a su bienestar y desarrollo integral, en especial en aquellas poblaciones que se encuentran en situacion de pobreza y pobreza extrema y sufren de discriminacion, violencia y exclusion social; Que, en ese contexto, la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes, a traves de su Sub-Direccion de Defensorias ha sustentado en el Informe 117-2010MIMDES/DGFC/DINNA/SDD/RAB la creacion de la condecoracion denominada "Buenas Practicas en el Servicio de Defensoria del MORDAZA y del Adolescente", como un reconocimiento a las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente que desarrollan acciones innovadoras en favor de la proteccion y promocion de los derechos de las ninas, ninos y adolescentes; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se apruebe la creacion de la condecoracion denominada "Buenas Practicas en el Servicio de Defensoria del MORDAZA y del Adolescente"; Que, el otorgamiento de la citada condecoracion debera regirse por los lineamientos dispuestos en el Reglamento para el otorgamiento de condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social, aprobado por la Resolucion Ministerial 498-2009-MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29597 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 011-2004MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear la condecoracion "Buenas Practicas en el Servicio de Defensoria del MORDAZA y del Adolescente", la cual sera entregada como un reconocimiento a las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente que desarrollan acciones innovadoras y sostenibles en favor de la proteccion y promocion de los derechos de las ninas, ninos y adolescentes. Articulo 2º.- La condecoracion aprobada por el articulo 1º de la presente Resolucion, sera entregada el 20 de noviembre de cada ano, con motivo de celebrarse el "Dia de la Defensoria del MORDAZA y del Adolescente". Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MIMDES (www.mimdes.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 618551-2

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